El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la sentencia de 10 de mayo de 2011 del juzgado número dos de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife que anula la concesión de la gestión del abastecimiento de agua a la empresa Canaragua y obliga a que se realice una nueva valoración de las ofertas presentadas.

El ayuntamiento aprobó la adjudicación del citado servicio a Canaragua en septiembre de 2007, una privatización que generó un ingreso a las arcas municipales por canon directo de 7,9 millones de euros, cantidad que en aquel momento fue determinante para reducir de forma considerable las cuantiosas deudas que acumulaba el municipio. Además, gracias a la privatización se realizaron importantes mejoras en las redes de abastecimiento, con una reducción drástica de las pérdidas de agua.

Sin embargo, dos de las empresas que concursaron, Aqualia y Valoriza, presentaron una reclamación al poner en duda las valoraciones, recurso que primero fue aceptado por el Contencioso Administrativo y ahora, en sentencia firme, por el TSJC.

El alcalde, Sergio Matos, reconoció a EL DÍA que "nos ha llegado esta mañana (por ayer) la sentencia y la hemos entregado a los servicios jurídicos del ayuntamiento para ver qué se puede hacer para defender los intereses de la ciudad". El rector municipal no quiso hacer una valoración de la misma "hasta conocerla con mayor profundidad y ver lo que nos dicen nuestros abogados. La acabamos de recibir (...); aunque la resolución judicial pueda ser un duro revés, no significa que haya que comenzar el concurso de cero. Habrá que buscar una solución...".

A propósito, destacar que la sentencia no obliga, tal y como afirma el alcalde, a iniciar todo el concurso, lo que llegó a solicitar el Partido Socialista tras la adjudicación a Canaragua, aunque después de la primera resolución judicial decidió no recurrir. Lo que sí debe valorarse de nuevo son las ofertas presentadas en su momento por las tres empresas concursantes, ya que una mejora que puso sobre la mesa Canaragua y que fue puntuada no tuvo que ser, según el TSJC, valorada. Esta circunstancia puede cambiar el resultado final de la adjudicación.

Hay que hacer hincapié en que la diferencia entre iniciar todo el proceso y "solo" entrar a valorar de nuevo las ofertas es clave para las arcas capitalinas. De la sentencia se interpreta, al menos en principio, que las entidades interesadas deben mantener la oferta presentada en 2007, sin reducción alguna, una situación que seguramente sería diferente si el proceso parte de cero, con la crisis actual, dando a todos los concursantes la opción de pujar a la baja.