El interés legal del dinero, que se utiliza en los procedimientos de liquidación de deuda entre particulares, baja en 2016 al 3 %, por segundo año consecutivo y se sitúa en el nivel más bajo de los últimos 30 años.

El proyecto de Ley de presupuestos generales del Estado para 2016 fija este interés en el 3 %, medio punto por debajo del establecido el año pasado y después de haberse mantenido durante cinco años en el 4 %.

Asimismo, el tipo de interés de demora se sitúa en el 3,75 % en 2016 y baja 0,60 puntos respecto al 4,37 % que fue fijado para 2015, por lo que también se encuentra en los registros más bajos establecidos por las leyes de presupuestos generales desde 1996.

La siguiente tabla muestra los tipos de interés legal y de demora desde 1996.

INTERÉS LEGAL INTERÉS DEMORA

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1996 9,00 11,00

1997 7,50 9,50

1998 5,50 7,50

1999 4,25 5,50

2000 4,25 5,50

2001 5,50 6,50

2002 4,25 5,50

2003 4,25 5,50

2004 3,75 4,75

2005 4,00 5,00

2006 4,00 5,00

2007 5,00 6,25

2008 5,50 7,00

2009 5,50 7,00

2010 4,00 5,00

2011 4,00 5,00

2012 4,00 5,00

2013 4,00 5,00

2014 4,00 5,00

2015 3,50 4,37

2016 3,00 3,75