La asociación de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha expresado este martes su "perplejidad" ante la postura de la Fiscalía Anticorrupción, que considera que el PP no cometió un delito fiscal al no declarar las donaciones correspondientes al año 2008 e incluirlas en su contabilidad B.

En un comunicado, Gestha ha manifestado su sorpresa por el hecho de que la Fiscalía Anticorrupción, en su último escrito de acusación, haya omitido la conclusión de un informe del perito de la Agencia Tributaria que determina que en 2008 el PP dejó de ingresar por el Impuesto sobre Sociedades 220.167,4 euros, "por encima del umbral del delito contra la Hacienda Pública".

Igualmente, los técnicos de Hacienda consideran un "evidente error de planteamiento" tanto la exención de tributar como la opción económica aceptada por la Fiscalía. En el escrito provisional de acusación presentado el lunes, el Ministerio Público pide el archivo de la causa contra el PP, aunque lo considera "responsable civil subsidiario" de los delitos que habrían cometido sus extesoreros Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta por pagar en negro las obras de su sede central.

Para explicar su postura, Gestha ha recordado que, en la financiación de los partidos políticos, "solo quedan exentas las donaciones privadas que cumplan con el criterio de transparencia legalmente marcado, estando, por el contrario, sujetas a tributación las donaciones que no se adecuen a los requisitos de forma y cuantía establecidos por la ley".

NO SE PUEDEN DEDUCIR GASTOS DELICTIVOS

Asimismo, ha indicado que recibir una donación ilegal constituye una infracción muy grave a la Ley de Financiación de Partidos Políticos y que esta situación "impide gozar de un beneficio fiscal", porque en este caso se habla de "deducir gastos delictivos o radicalmente prohibidos por el ordenamiento jurídico".

En cuanto a la opción económica del cálculo del Impuesto sobre Sociedades, el sindicato ha señalado que los partidos políticos no necesitan incurrir en gastos para obtener o no donaciones y que no se pueden admitir gastos estimados en 778.148,01 euros porque no existen facturas ni están contabilizados.

Los Técnicos de Hacienda apuntan también que de los 888.000 euros con los que en 2008 se pagó en B una parte de la reforma de la sede se podrían deducir fiscalmente gastos con los requisitos legales, pero "en ningún caso las inversiones realizadas". Por último, han afirmado que en un asunto penal el Impuesto sobre Sociedades "debe calcularse con criterios exclusivamente jurídicos, y no económicos".