El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) declaró ayer la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia, decisión que no supondrá la devolución de las cantidades que ya hayan sido satisfechas.

En un fallo notificado ayer, los magistrados han estimado parcialmente un recurso de casación que presentó la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios y Financieros, Ausbanc, contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla que daba la razón al BBVA y avalaba estas cláusulas en sus hipotecas, informó el Supremo en un comunicado.

Dicho pronunciamiento, que se produce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la UE haya dictaminado que el régimen procesal español sobre desahucios es contrario a las normativas europeas, establece asimismo que no serán anuladas las cláusulas suelo en los casos en los se cumplan con los requisitos de transparencia respecto a los consumidores.

La decisión del Tribunal Supremo, que sienta jurisprudencia y está pendiente aún de que se redacte la sentencia, anula así estas cláusulas en los casos de falta de transparencia y no comportará la devolución de las cantidades que ya se hayan satisfecho por este concepto.