El Tribunal Supremo celebrará una vista el próximo 4 de mayo para estudiar los recursos presentados contra las condenas a 20 años y un mes de cárcel impuestas a los etarras Unai Fano Aldasoro y María Lizarraga Merino, calificados de "amenaza" por la propia Audiencia Nacional por estimar que preparaban una "inminente acción armarda" antes de ser detenidos en septiembre de 2008 en Francia.

Fueron condenado por los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia ilícita de armas de fuego y de componentes de aparatos explosivos, falsificación en documento oficial y hurto y uso de vehículo de motor. El ponente de la resolución que dictará el Tribunal Supremo por este asunto será el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez.

La sentencia de la Audiencia Nacional declaró probado el "quehacer delictivo desplegado" por Fano y Lizarraga en el marco de su integración a la banda terrorista y que iba dirigido a cometer hechos de "superior envergadura en pro de ETA y con conculcación de los bienes afectantes a la paz pública y al orden social". "Estamos en presencia de un comando armado de la organización terrorista que se había nutrido de armas y explosivos", destaca la resolución.

Para llegar a estas conclusiones, la Sala se basó en el "cúmulo de material probatorio" contra los procesados. Recordaba la sentencia que en el "campamento ilegal" instalado en el bosque en el que fueron detenidos, los gendarmes hallaron vehículos con matrículas falsas y documentos de identidad falsos "característicos" de los militantes que "residen de forma clandestina en territorio francés".

ETARRAS CAMPISTAS

Fano y Lizarraga fueron sorprendidos cuando dormían en una tienda de campaña "disimulada parcialmente" entre matorrales y, en el momento de su detención, se limitaron a gritar ''Viva ETA'' y que pertenecían a la banda terrorista. Para el tribunal, el paraje en el que fueron localizados --difícilmente transitable y carente de población-- delataría su condición de miembros de la organización.

En los registros efectuados en los coches y en la tienda de campaña, se hallaron dos pistolas y cartuchos de distinto calibre relacionados con un robo a mano armada en el que un comando de ETA se habría provisto de doscientos revólveres en 2006.

Asimismo, los ''campistas'' portaban documentos de identidad falsos --entre ellos, varios carnes de la Guardia Civil--, una funda con un logotipo de ETA y una carta firmada por el aparato de falsificación de ETA (con sus siglas FAL). En uno de los escritos, encabezado con un "hola camarada", se insta a "golpear fuerte hasta obtener la independencia y el socialismo".

Las fuerzas de seguridad galas hallaron también un detonador y un cilindro que contenía una sustancia que resultó ser pentrita y clorato sódico así como una fiambrera utilizada por ETA para "sus ejercicio de enseñanza e instrucción". En este sentido, los gendarmes suscribieron que el material analizado era un "explosivo habitual" de la organización terrorista.

Además de estos "reveladores" datos, la resolución remarca que los etarras tenían en su poder material informático con archivos que proponían instrucciones para confeccionar y colocar artefactos explosivos y construir zulos así como un dossier de acciones armadas y de la "estrategia a seguir frente a las detenciones".

La resolución subraya la "gravedad" de los hechos cometidos por Fano y Lizarraga y añade que "con sólo acudir a los efectos intervenidos, se comprueba la amenaza que representaban por una "inminente acción armada" y la "impunidad" con la que querían actuar, como prueba la utilización de numerosos documentos falsos para ocultar su identidad.

Unai Fano, dirigente de Batasuna, huyó a Francia después de que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón dictara una orden de detención en su contra tras una comparecencia pública junto a Pernando Barrena y Patxi Urrutia. Por su parte, María Lizarraga había formado parte de SEGI y se habría integrado en ETA en 2008. Desarrollan un método de teleportación.