Los contribuyentes pueden solicitar y confirmar el borrador de declaración de la renta correspondiente a 2011 a partir de hoy y hasta el próximo 2 de julio.

Pueden obtener el borrador los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de rendimientos del trabajo o rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro.

También los que reciban rentas de imputaciones de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles, y de ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Los contribuyentes pueden pedir el borrador o los datos fiscales por medios telemáticos en la dirección electrónica de la Agencia Tributaria «https://www.agenciatributaria.gob.es». Si no se hace por este sistema, Hacienda remitirá por correo ordinario a partir del 3 de mayo de 2012 el borrador a los contribuyentes que lo hubieran solicitado en la declaración del IRPF del ejercicio 2010, salvo que expresamente solicitasen su puesta a disposición a través de internet.

La solicitud de modificación del borrador de declaración puede hacerse por medios telemáticos, por teléfono en el número 901 200 345, personándose en cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria, o en las oficinas de las administraciones tributarias de las autonomías que tengan un convenio de colaboración para la implantación del sistema de ventanilla única tributaria.

Si la confirmación o suscripción del borrador de declaración no se efectúa por vía telemática o telefónica, el plazo para realizarlo será el comprendido entre el 3 de mayo y el 2 de julio.

Con motivo del arranque de la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas los técnicos de Hacienda integrados en Gestha difundieron ayer un comunicado en el que detallan sus principales novedades, con especial atención a las relativas a la vivienda, entre las que destaca que si el contribuyente ha realizado obras en el inmueble, el límite de renta para disfrutar de estas ventajas fiscales se eleva hasta los 71.007 euros anuales, aumentando así el número de posibles beneficiarios.

Entre los principales cambios, el colectivo destaca las deducciones que tienen que ver con la compra y mejora de la vivienda habitual, por ser las que afectan a un mayor número de contribuyentes. A partir de este año desaparece el límite de renta que existía para deducirse la compra de vivienda habitual, por lo que ahora cualquier contribuyente que acabe de comprarse casa tendrá derecho a beneficiarse de este descuento. Así, quienes hayan comprado, construido, ampliado o rehabilitado su casa podrán deducirse anualmente hasta 9.040 euros, una base máxima que aumenta a 12.080 euros si la obra se ha hecho para adecuar el hogar a personas con discapacidad.

Otra novedad es que quienes el pasado año cobraron más de 120.000 euros verán elevado en un punto el tramo estatal de su IRPF, hasta el 22,5%.

Los ahorros también se gravan en mayor medida, ya que si aquellas cuantías que van hasta los 6.000 euros tributan al 19%, a partir de esa cantidad el tipo se eleva ahora hasta el 21%.