Con motivo de la celebración de los 50 años del funcionamiento del Hospital Universitario de la Candelaria, la Asociación Tu Santa Cruz organizó una conferencia en la sala MAC de Santa Cruz de Tenerife a cargo de la directora gerente del hospital, Mercedes Cueto, al término de la cual comenté la necesidad de resolver una asignatura pendiente: humanizar y facilitar al máximo la relación médico y trabajadores sanitarios con el paciente y sus familiares, que en general es correcta, pero es bien sabido que no es infrecuente la queja de pacientes que no se sienten suficientemente informados, o no entienden las explicaciones del médico o enfermero. Claro que no siempre es posible una sonrisa o un trato muy amable del trabajador sanitario porque depende de su estado de ánimo, del grado de satisfacción que tenga o la empatía mutua con el enfermo. Lo cierto es que cuando una persona acude a un hospital o a un centro de salud suele hacerlo con una carga añadida de preocupación que es necesario atender y tener en cuenta.

En este sentido la legislación que regula la autonomía del paciente y el derecho a la información ha favorecido que los pacientes puedan decidir sobre su salud y consentir lo que se hace o deja de hacerse con su cuerpo en materia sanitaria. Las consecuencias de la ley de autonomía del paciente de 2002 han sido, en general, muy positivas, y con ella los médicos y enfermeros son más conscientes de la importancia de informar adecuadamente y del derecho que tienen los pacientes a tomar sus decisiones. Una ley que regula los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales en materia de autonomía de los enfermos, que junto con la ley de protección de datos y las mejoras en la formación de los profesionales ha favorecido la libertad del paciente para decidir sobre su salud.

Ahora bien, la ley de autonomía del paciente fue modificada este año por la mayoría absoluta del Partido Popular, de tal forma que en su artículo 9 respecto a los límites del consentimiento informado y consentimiento por representación, la edad de los pacientes para decidir sobre problemas graves pasa de los 16 años a los 18 años y, además, se le otorga al médico responsable más poder para decidir, de tal forma que el paciente puede manifestar expresamente su deseo de no ser informado, aunque con algunas excepciones como la salud del propio paciente o de terceras partes, y así, si no es posible conseguir la autorización del paciente, "se podrá actuar sin dar información cuando existe riesgo para la salud pública y para la integridad física o psíquica del enfermo". Por otro lado, se define el consentimiento por representación, que puede realizarse cuando el paciente está incapacitado judicialmente o cuando no es capaz de tomar decisiones a criterio del médico responsable de la asistencia. En este último caso, si no existe representante legal, el consentimiento lo tienen que prestar las personas vinculadas con el paciente.

Una modificación importante es que el paciente menor emancipado o mayor de 16 años era quien decidía en caso de grave riesgo, y la opinión de los padres o tutores era escuchada; ahora, si hay grave riesgo vital decidirán los padres o tutores, y lo que será escuchado es la opinión del menor, pero si la decisión que toman los representantes es contraria a los intereses del paciente, el médico tiene que comunicarlo a la autoridad judicial, y si se trata de una urgencia donde no es posible conseguir la autorización judicial, los profesionales sanitarios tomarán las medidas necesarias para salvaguardar la vida o la salud del paciente, aún en contra de la opinión de los representantes.

Contra estos cambios han surgido voces discrepantes tanto en el terreno político como en el social, como la Asociación "Derecho a morir dignamente", al ser esta nueva versión de la ley más paternalista con los menores y darle más poder al médico en la toma de decisiones. Lo que se traduce en la práctica en que cualquier persona que no tenga hecho el testamento vital y afronte su final sin capacidad para decidir se verá sometida a toda medida de sostén vital que considere el médico, aunque sus representantes, en cumplimiento de su voluntad conocida, la rechacen.

*Médico cirujano. Vicepresidente de la Comisión de Sanidad del Senado en la X Legislatura

@JVGBethencourt

www.facebook.com/josevicente. gonzalezbethencourt.18