"Lo bueno, si breve, dos veces bueno". Es una frase de Baltasar Gracián y que suelen agradecer sus señorías en las vistas, sobre todo en la fase de conclusiones en el juicio. Por eso, si una ponencia es breve y buena, es dos veces buena. Así lo entendí cuando escuche esta pasada semana la intervención del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias hablando de la justicia del siglo XXI. Fue breve, claro y conciso. Y sensato. Es necesaria la reforma. Reforma para que la justicia sea rápida, eficaz, transparente y de coste razonable. Casi nada los palos que tocó. Tiempo, coste, duración del proceso y, sobre todo, calidad de la justicia. Me pareció entender que su ponencia esta salpicada de los avances e innovaciones que ya nos presentó el actual presidente del Consejo General del Poder Judicial. Yo particularmente aplaudo. Esto hay que cambiarlo. Pues por muy mal que salga, estoy convencido que será para mejor. Aquí no vale el dicho popular "mejor lo malo conocido que lo bueno por conocer".

Nos espera la modernización tecnológica y el cambio de estructuras de más de 140 años. Lo más llamativo será la desaparición de los partidos judiciales que llevan más de un siglo y pasar a la jurisdicción provincial en la totalidad de los ordenes jurisdiccionales. Que como acertadamente apunto el ponente, hay juzgados aislados que no tienen nada que ver con el de al lado y los funcionarios están impedidos de colaborar con el que tienen a dos metros de distancia.

Pero –entiendo– que todos estos proyectos deberán ir ligados a un cambio normativo profundo.

Acudir a los juzgados y tribunales en el futuro pasa por los expedientes digitales y la justicia debe estar conectada a la red y digitalizada, desterrando el papel. Demandas digitales, ese es el futuro. Pero, hoy en día, la realidad sigue estando en "cómo va lo mío" y los contribuyentes y justiciables siguen percibiendo una justicia lenta, aunque llega, eso no lo duden. La Justicia –si se quiere llamar así– debe ser justa, rápida y eficaz.

Hoy en día continúa siendo lenta. Aunque si bien es cierto que se han dictado sentencias y notificado en veinticuatro horas de finalizada la vista. Pero eso son muy raras excepciones. La justicia debe ser rápida, eficaz y de calidad, insisto. Pero la calidad depende –en la mayor parte– de las resoluciones judiciales y en ocasiones –y ustedes lo saben– estas carecen del análisis y la atención que el caso requiere.

Pero tengan en cuenta –amables lectores– que el mero incumplimiento de los plazos procesales por sí mismo no es constitutivo de violación de este derecho fundamental. El artículo 24.2 de la Constitución no ha constitucionalizado el derecho al respeto de esos plazos. Lo aclaro; esto quiere decir que no toda dilación o retraso en el proceso puede identificarse con violación o vulneración del precepto constitucional. Estos retrasos –ya lo dijo el Tribunal Constitucional– son un supuesto extremo de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, cuando hay una irregularidad irrazonable en la duración mayor de lo previsible o tolerable, y además imputable a la negligencia o inactividad de los órganos encargados de la Administración de Justicia. Se deben tener en cuenta las circunstancias específicas de cada caso, la complejidad del litigio, los márgenes ordinarios de duración, de los pleitos del mismo tipo, la conducta procesal, etc., etc. Casi nada.

Ya el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de 1950 nos dejaba escrito que "toda persona tiene derecho a que su causa sea oída dentro de un plazo razonable". Con estos mimbres los padres de la Constitución del reino elaboraron el artículo 24 de la Constitución. Pero seguimos como al principio.

Pero a mi modo de ver el derecho a obtener un pronta respuesta judicial al justiciable –esto es, usted o yo– supone una exigencia elemental derivada del derecho a la tutela judicial efectiva, que se encuentra también íntimamente unido al concepto de indefensión. Así por cuanto hay retraso más haya de lo razonable. Hay indefensión.

*Abogado Director Bufete Inurria

@inurriaabogado