El Consejo de ministros aprobó el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en vigor desde el pasado domingo. La norma contiene medidas que forman parte de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016 dirigidas a apoyar al emprendedor y a las pymes, a estimular el crecimiento y a crear empleo joven a través de estímulos vía bonificaciones o reducciones a las cuotas de la Seguridad Social.

Entre las medidas dirigidas a fomentar el emprendimiento y el autoempleo de los jóvenes figura el establecimiento de una tarifa plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los primeros seis meses.

Además, se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, durante nueve meses para menores de 30 años en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Se amplían también las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora. Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.

La norma contempla la reanudación del cobro de la prestación por desempleo. Para menores de 30 años se amplía de dos a cinco años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo. Asimismo, se incluyen medidas que suponen estímulos a la contratación laboral de jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%.

La cuota de la empresa a la Seguridad Social se reducirá en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y en un 100% para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de 30 años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.

Los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de 30 años.

Sobre el contrato "primer empleo joven", recoge una modificación del actual contrato temporal para contratar a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su transformación en indefinido (bonificación de 500 euros por año durante tres años o 700 euros si se suscribe con mujeres).

Se introducen incentivos al contrato en prácticas para que los jóvenes de hasta 30 años que hayan terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.

Se incluyen, además, medidas dirigidas a la mejora de la intermediación laboral como instrumento esencial para fomentar la contratación, de las que destaca la habilitación a las Empresas de Trabajo Temporal para celebrar contratos para la formación y aprendizaje.