Manuel Marchena Gómez, natural de Las Palmas de Gran Canaria y, desde el año 2007, magistrado del Tribunal Supremo en la Sala de lo Penal, analizará esta tarde la extensión de la prevaricación urbanística y la inexistencia de una prejudicialidad administrativa, entre otros aspectos de la nueva regulación urbanística. Esta modificación del Código Penal, a juicio del magistrado, "resuelve algunas de las dudas e incertidumbres que provocaba la anterior redacción de los delitos urbanísticos".

¿Cuáles son los pros y contras de la nueva regulación en cuanto a delitos urbanísticos?

La nueva regulación -hablo de la reforma penal de 2010- resuelve algunas de las dudas e incertidumbres que estaba provocando la anterior redacción de los delitos urbanísticos, pero deja intactas muchas de las incógnitas. Me parece positivo, por ejemplo, que haya dejado de criminalizarse el simple hecho de realizar obras sin autorización. Ya no se castiga, sin más, la obra no autorizada, sino la obra que no es autorizable. Es un matiz importante, pues reserva para el derecho penal el castigo de las infracciones urbanísticas más graves. Entre los aspectos negativos situaría la escasa regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Las dudas sobre cómo convertir en delincuentes a las sociedades mercantiles, es decir, cómo llevarlas a juicio, cómo permitir su defensa, cómo garantizarles el derecho a un juicio justo, están sobre la mesa pendientes de respuesta.

¿Considera que el nuevo Código Penal debería haber sido más duro con este tipo de delitos?

Ciertamente, no. Se han incrementado de manera muy significativa las penas privativas de libertad. Cualquier autoridad o funcionario público que informe favorablemente, a sabiendas de su injusticia, de la concesión de una licencia contraria a las normas de ordenación urbanística puede sufrir una pena de hasta 4 años de cárcel. Se ha agravado también la pena de multa, que ahora puede ser proporcional al beneficio obtenido con la obra ilegal y, lo que es más importante, el juez puede acordar el comiso de las ganancias obtenidas con la urbanización ilegal.

¿Se debería simplificar la Ley del suelo?

El problema no radica en simplificar la ley del suelo, sino en armonizar el mosaico normativo de cada Comunidad Autónoma en materia de suelo. Algunas voces ya han advertido de que esa dispersión normativa puede provocar que lo que sea delito urbanístico en una Comunidad no lo sea en otra. Y esto no deja de ser llamativo.

¿Por qué cree hay tantos políticos imputados?

Supongo que será muy tentador para alguno obtener un rendimiento económico al conocimiento anticipado del aprovechamiento de un terreno. Pero tenga en cuenta que la reforma no criminaliza exclusivamente a la clase política. Sería injusto. Los delitos contra la ordenación del territorio pueden también cometerse por los particulares poco respetuosos con el uso racional del suelo.

¿Cree que se debería eliminar el aforamiento de políticos?

Es posible que la regulación de los aforamientos en nuestro país se haya ido de las manos. La Constitución contempla el aforamiento como algo muy excepcional y limitado a determinadas autoridades. Da la impresión de que el aforamiento se asocia al prestigio institucional de cada cargo. Dicho esto, no creo que el aforamiento sea, siempre y en todo caso, una ventaja. Piense, por ejemplo, que las autoridades aforadas a la Sala Segunda del Tribunal Supremo no tienen segunda instancia. No pueden apelar ni recurrir en casación su condena.

Durante su intervención en el foro, hablará de la inexistencia de una prejudicialidad administrativa.

Es un tema muy complejo. El problema radica en decidir si los Tribunales penales tienen que depender de los administrativos para interpretar conceptos como suelo urbanizable, viales, terreno protegido, dominio público, es decir, nociones jurídicas íntimamente ligadas al derecho administrativo. La tendencia es eliminar cualquier prejudicialidad, es decir, conceder soberanía valorativa y, por tanto, decisoria al juez penal. Pero le aseguro que hay jurisprudencia constitucional para todos los gustos.

¿Considera que se deberían haber endurecido más las penas por este tipo de delitos?

Le diré que no todos los delitos se han visto agravados. Por ejemplo, el legislador ha considerado oportuno reducir de forma muy sensible las penas de prisión previstas para delitos como el tráfico de drogas o la falsificación de tarjetas de crédito. Es una decisión de política criminal, como todas, opinable. Tenga en cuenta que un endurecimiento de las penas a toda costa no es garantía de la eliminación de la delincuencia. Hay límites impuestos por el principio de proporcionalidad que nunca deberían desbordarse.

¿Considera correcto el trato que le dan los medios de comunicación a las tramas de corrupción urbanística?

A mi juicio los medios de comunicación, le diría más, la sociedad en su conjunto, deberían ser más respetuosos con el derecho a la presunción de inocencia de cualquier imputado, sea éste ciudadano o responsable político. Anunciar redadas policiales como condenas anticipadas me parece una perversión del sistema. Aunque me da la impresión de que algunas imágenes forman ya parte del día a día y no van a ser fácilmente eliminables.