La campaña de la declaración de la Renta 2020, que se prolongará hasta el 30 de junio, después de un año muy complicado marcado por la pandemia y la crisis económica derivada del COVID 19, será muy atípica, por no decir tremendamente compleja para los trabajadores en ERTE y para muchos ciudadanos que se acogieron al Ingreso Mínimo Vital (IMV). “Va a afectar a muchas personas que anteriormente no tenían que hacer la declaración de la renta, porque no llegaban a unos mínimos de remuneración”, asegura Estefanía Hernández, presidenta del Colegio de Gestores Administrativos (gA) de Santa Cruz de Tenerife y del Consejo Autonómico de Colegios de Gestores Administrativos (gA) de Canarias, respectivamente.

Una de las grandes novedades está relacionada con los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), total, de suspensión, o parcial, con reducción de jornada, realizados a más de 4 millones de trabajadores, que han estado en ERTE, y que ahora tendrán que ver cómo afecta a la tributación y que efecto tendrá en la declaración de este año.

En el caso particular de los ERTE, quien paga a los trabajadores en esta situación es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por tanto, al tener dos pagadores, su empresa y el Estado, y calcularse la retención en función de la retribución anual, dándose la circunstancia de que el tope de obligatoriedad para hacer la declaración baja de 22.000 a 14.000 euros y unido a la escasa retención realizada por el SEPE, entre un 0% y un 2%, es muy probable que a estos trabajadores la declaración les salga positiva. “Va a ser una sorpresa inesperada para mucha gente. Muchas personas tendrán que hacer la declaración de la renta y además es muy posible que les salga a pagar”, advierte Estefanía Hernández.

Otro de los asuntos que se presume complicado de gestionar durante la campaña de la renta será el Ingreso Mínimo Vital. Los gestores administrativos han advertido que los perceptores de esta medida estarán obligados junto a sus convivientes a presentar el IRPF y sin deducción de maternidad, guardería, familia numerosa o discapacidad. “Estas ayudas se dieron a un sector vulnerable, pero no se les explicó la letra pequeña. La realidad es que tendrán que hacer la declaración de la renta, cuando normalmente están exentos de hacerla. Pero, además, en caso de que en la unidad de convivencia alguno de sus miembros perciba más de 1.800 euros al año, no podrán deducirse las cantidades establecidas por descendientes o ascendientes, con o sin discapacidad”, señala Hernández Pérez. Por su parte, las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años a su cargo tienen derecho a una prestación por maternidad de hasta 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años. Pero si se han visto afectada por un ERTE o cese de actividad como consecuencia de la pandemia, dejarían de cumplir el requisito exigido para poder aplicar dicha prestación y perderían este derecho durante el tiempo que se haya encontrado en esta situación”, apunta.

Hasta ahora se podía aplazar el pago con Hacienda en dos plazos. Ahora Hacienda va a permitir fraccionar los pagos a la Agencia Tributaria en 6 periodos, para aquellas personas a las que les salga a pagar y hayan estado en situación de ERTE. Así que, si la declaración sale a pagar, se podrá partir en 6 fracciones iguales que se cobrarán los días 20 de cada mes a partir del 20 de julio de 2021 y hasta el 20 de diciembre, sin pagar intereses de demora.

La campaña de la renta es también el momento en el que Hacienda devuelve las retenciones del año anterior, aunque se trate una pequeña cantidad. El problema viene cuando la necesidad de ingresar un dinero extra nos lleva a acelerar el proceso de devolución. “Nuestra recomendación es que se aseguren bien antes de dar al botón de aceptar del borrador, sin antes haber hecho un cuidadoso proceso de verificación”, señala Estefanía Hernández Pérez, quien recordó que durante la campaña de la renta de 2019 se constató que, de media, “los contribuyentes podían perder 300 euros por aceptar sin revisar el borrador”. Para resolver cualquier duda sobre la declaración de la renta localiza tu gestoría más cercana y déjate asesorar por profesionales.

El día 4 de mayo se podrá empezar a pedir cita para presentar la declaración por teléfono, cuyo plazo comenzará el 6 de mayo. Si se desea acudir a una oficina física, también hay que solicitar cita previa a partir del 27 de mayo. Será a partir del 2 de junio cuando ya se puede presentar la declaración presencialmente, tal y como informan desde la Agencia Tributaria. El 25 de junio se cierra la ventanilla si la renta le sale a pagar y quiere hacerlo mediante domiciliación bancaria. Y el 30 de junio se cierran todas las ventanillas.