El 6 de marzo de 2019 entró en vigor el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Esta última norma puesta en marcha para regular el alquiler a través de medidas urgentes ha supuesto cambios tanto para arrendatarios como para arrendadores.

Uno de los cambios más destacados (y celebrados) por los inquilinos es el de la fianza, ya que ahora se limita a un mes como máximo. Antes, se daban situaciones en las que se pedían dos y tres meses de fianza que hacían muy complicado el acceso al alquiler, especialmente a jóvenes que empiezan su vida laboral, al no poder asumir ese coste.

Otra novedad es la duración del contrato, ampliándose el plazo de prórroga obligatoria de tres a cinco años y la prórroga tácita pasa de uno a tres años en el caso de las personas físicas y cuando no haya una manifestación de no renovación del contrato. A la hora de finalizar el contrato, el inquilino deberá avisar con al menos dos meses de antelación y en caso de que sea el arrendador el que quiera resolver el contrato, debe comunicarlo con al menos cuatro meses de antelación. En cuanto a la renta de alquiler, no podrá subir por encima del IPC cuando toque la revisión anual.

Los precios del alquiler, en aumento

La realidad es que los precios del alquiler han aumentado. Y lo han hecho con una subida del 2,7% en el último semestre, según los datos aportados del Índice Inmobiliario Fotocasa, y con esta subida ya son cinco los semestres que registran subidas. Todas las comunidades registran subidas, siendo Cantabria la que registra un mayor incremento (13,2%), seguida de Murcia (8,5%) y la Comunitat Valenciana (7,5%).

No se podría afirmar que una de las consecuencias directas de la nueva Ley del Alquiler es la subida de precios del alquiler. Más bien se podría decir que el ascenso de los precios en los últimos meses ha respondido a una subida al mismo ritmo que se venía dando antes de la nueva norma, incluso de una forma más moderada atendiendo a datos trimestrales.

De hecho, este punto, el del precio del alquiler es una de las controversias de la norma, ya que quedó fuera de regulación establecer un límite al alquiler. Por lo pronto, no se ha experimentado una subida ligada a la nueva regulación, pero habrá que esperar a que la norma no se quede únicamente en un plano legislativo, sino que pase a un plano ejecutivo una vez se forme Gobierno, es decir que se tomen medidas ejecutivas efectivas.

¿Comprar vivienda o alquilar?

Sigue siendo una de las grandes preguntas. Si atendemos a los datos, España tradicionalmente es un país de compra de vivienda, siendo más del 76% de los hogares en propiedad según el Instituto Nacional de Estadística.

Lo cierto es que la guerra hipotecaria y la recién estrenada Ley Hipotecaria hacen que la opción de compra de vivienda a través de un préstamo hipotecario. Esto viene motivado por un momento de tipos de interés bajos, -recordemos que el euríbor está en mínimos históricos (cerró el mes de junio en -0,190%)-, por una lucha entre entidades por ofertar la hipoteca más competitiva (hay hipotecas variables ya en euríbor +0,89%) y por un ahorro en los gastos de formalización de la hipoteca, ya que el futuro hipotecado únicamente asume el gasto de la tasación de la vivienda. Eso sí, habrá que tener en cuenta que, en la mayoría de los casos, será necesario aportar ahorros, en torno al 20% ya que lo normal es que se financie hasta el 80% del valor de la vivienda.

Esta situación hipotecaria, las circunstancias actuales del alquiler, las necesidades personales y económicas de cada uno son todo lo que habrá que combinar para valorar hipotecarse u optar por el alquiler. ¿Un compromiso a largo plazo a través de un préstamo hipotecario a cambio de adquirir un bien? ¿Optar por priorizar la movilidad que permite una vivienda arrendada?