En ocasiones, dejamos de beneficiarnos de algunas de las deducciones disponibles en la declaración de la renta debido al desconocimiento de las mismas. Por ello, vamos a repasar una de las desgravaciones más habituales que podremos lleva a cabo cuando realicemos nuestra declaración este año. Desde iAhorro te explicamos cómo y cuánto puedes desgravar con tu vivienda.

¿En qué casos desgrava la vivienda?

Lo primero es saber que para poder acogerse a esta desgravación habrá que marcarlo en la declaración, ya que no aparecerá de manera automática aunque se tenga derecho a esta deducción.

El segundo punto clave será la fecha de compra de la vivienda: sólo pueden acogerse a esta deducción las viviendas adquiridas antes del 1 de enero de 2013. Ya que a partir de enero de 2013 la Ley de Presupuestos Generales del Estado eliminaba el acceso a esta desgravación.

La deducción sobre las viviendas compradas con anterioridad al 1 de enero de 2013 sólo se llevará a cabo si se trata de compra o rehabilitación de vivienda habitual. Por lo que aquí es importante tener claro qué entiende la Agencia Tributaria como vivienda habitual.

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¿Qué viviendas se consideran habituales?

Las viviendas habituales son aquellos inmuebles en los que se lleva residiendo durante más de 3 años. En caso de haber tenido que dejar una vivienda por motivos relacionados con un cambio de empleo, un matrimonio o fallecimiento entre otros, pasará a considerarse vivienda habitual antes de pasar los 3 años. También pertenecen a este grupo aquellas viviendas que se ocupan en un plazo de 12 meses desde la fecha de la adquisición o fin de construcción.

También es posible deducir por vivienda al realizar obras de rehabilitación o para la adecuación de la vivienda por motivos de minusvalía.

Siempre que estas obras finalizasen antes del 1 de enero de 2017 y solo durante el tiempo que se esté pagando la hipoteca.

En el caso de una segunda vivienda no se le podrán aplicar deducciones, pero no por ello hay que dejar de declarar este inmueble.

Para el caso de viviendas alquiladas también existen restricciones por fecha, y podrán desgravar por ellas aquellas personas que viviendo de alquiler tengan un contrato con anterioridad al 1 de enero de 2015. Quien sí podrá desgravarse tras esta fecha será el arrendador.

¿Cuánto se puede deducir por la vivienda?

Realizando las declaraciones de forma individual cada titular de una hipoteca podrá desgravarse hasta 9.040€, es decir, hasta el 15% de las aportaciones.

Si bien, hay que tener en cuenta que las deducciones pueden cambiar en función de la Comunidad Autónoma por lo que conviene consultar las de la comunidad en la que se encuentre nuestro inmueble.