La semana pasada se conoció la intención del Gobierno de ampliar la prórroga de los ERTE hasta el 30 septiembre. Si ahora mismo está previsto que los expedientes de regulación temporal de empleo caduquen el 31 de mayo, desde Moncloa han trasladado ya su intención de extenderlos durante el verano a sindicatos y empresarios. Una vez pasada la fecha del 30 de septiembre, las negociaciones volverían a ponerse sobre la mesa y se evaluaría si se precisa una nueva prórroga o no. 

En cualquier caso, más allá de la discusión sobre los plazos de extensión de los ERTE, el Ejecutivo trabaja con la idea de mantener las condiciones actuales de los expedientes. Según Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, se estudian unas condiciones similares para seguir trabajando con los términos que ya funcionan y modificar los que haya que cambiar. 

Condiciones de los ERTE

El sistema vigente de los expedientes de regulación de empleo (ERTE) establece exoneraciones de cuotas para los denominados sectores “ultraprotegidos”, así como para las empresas de su cadena de valor. Las exoneraciones son del 85% para las organizaciones con menos de 50 trabajadores en plantilla. Mientras que las empresas con más de 50 trabajadores, cuentan con exoneraciones del 75%, tanto para los empleados que se reincorporan, como para los que permanecen suspendidos. 

Por otro lado, en el caso de los ERTE por impedimento de actividad, las exoneraciones alcanzan el 100% para empresas con menos de 50 trabajadores. En caso de entidades con más de 50 empleados, las exoneraciones son del 90%.  

Por último, cabe recordar que la prórroga de los ERTE vigente en estos momentos destacó por la simplificación que supuso en los trámites administrativos. Esta última extensión supuso un avance notable en los trámites necesarios para extender los expedientes, ya que desde entonces no son necesarias nuevas autorizaciones administrativas para este hecho. 

Modalidades de los ERTE

Actualmente, existen tres modalidades de expedientes de regulación de empleo (ERTE). En primer lugar, aparecen los ERTE que engloban a los sectores ultraprotegidos y a todas las empresas consideradas dentro de su cadena de valor. A continuación, están los ERTE de impedimento de actividad por la pandemia y, finalmente, quedan los ERTE de limitación, también destinados a todas aquellas entidades afectadas por las restricciones para frenar el avance del coronavirus. 

Prórroga de los ERTE. SHUTTERSTOCK

Trabajadores en ERTE

Los últimos datos de la Seguridad Social, cerrados el pasado 29 de abril, indicaban que 638.283 personas estaban en situación de ERTE en esos momentos. 

En términos absolutos, la actividad con mayor número de trabajadores en ERTE es la hostelería, con más de 196.000 afectados, seguida de los servicios de alojamiento con 104.461 profesionales en ERTE, el comercio minorista con 50.145 empleados suspendidos, el comercio mayorista con 33.998, las actividades deportivas y de entretenimiento con 23.985 y las agencias de viajes con 21.789 trabajadores en expediente de regulación de empleo.

Por sectores, las actividades con mayor porcentaje de trabajadores en ERTE son las agencias de viaje (58,2% del total de sus afiliados), los servicios de alojamiento (52,1%), el transporte aéreo (41,99%) y las actividades de juegos de azar (33,8%), todas ellas incluidas en los denominados sectores “ultraprotegidos”.