¿Qué pasa si decido escaquearme de la mesa electoral?

Ignorar esta obligación puede conllevar una multa de hasta 400 euros o pena de cárcel

Llega el día en el que se celebran las elecciones generales y decides escaquearte de la mesa electoral en la que te ha tocado estar como presidente o vocal. Estas de vacaciones fuera de tu ciudad, estas en la playa o en una casa rural, tienes un virus súper contagioso o simplemente, te ha tocado trabajar. Hay mil excusas y planes mejores para pasar de estar todo el día sentado delante de una urna mientras el resto de los españoles disfrutan de ese 23 de julio de descanso. El problema está en que no todas las disculpan valen, pues el simple hecho de no presentarse en el colegio electoral implicará una sanción para quien infrinja la ley. De hecho, la Ley Electoral establece la obligatoriedad de que una mesa electoral esté conformada por presidentes y vocales y, en caso de saltarse la norma, la sanción es de pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a 24 meses.

¿Cuándo sabrás si te ha tocado estar en una mesa electoral?

Casi un mes antes de que se celebren las próximas elecciones generales previstas para el 23 de julio, la Junta Electoral Central (JCE) celebrará el sorteo para designar los miembros de mesa electoral se celebrará del 24 al 28 de junio en todos los ayuntamientos de España y la notificación por parte de la administración electoral se les entregará en mano a los elegidos en un plazo de tres días a partir del sorteo.

¿Se pueden presentar alegaciones?

Por supuesto. Las personas que resulten elegidas como miembros de una mesa electoral y no puedan acudir, tendrán un plazo de 7 días a contar desde la notificación para presentar sus alegaciones en la Junta Central de Zona. En un plazo de 5 días recibirá la respuesta aceptando o rechazando las alegaciones.

¿A qué sanciones me enfrento si soy miembro de una mesa electoral y no acudo?

La Ley Orgánica de Régimen Electoral General explica en su artículo 143 que aquellas personas que incumplan su obligación sin causa justificada su obligación de estar en la mesa electoral que le ha tocado por sorteo estará incurriendo en un delito. La persona que se salte la ley podrá ser condenados a penas de prisión de tres meses a un año, en los casos más graves, o a una multa de 6 a 24 meses.

En el caso de que se le imponga una sanción económica, esta variará entre los 2 euros y los 400 euros. No obstante, será un juez el que establezca la cuantía de la pena económica.