Elecciones en Tenerife 2023

¿Cómo votar desde el extranjero?

Las personas que vivan o estén de viaje fuera de España podrán ejercer su derecho al voto siguiendo estos pasos

Ejemplo de voto por correo.

Ejemplo de voto por correo. / E. P.

Queda poco más de un mes para las próximas elecciones municipales y autonómicas, que se celebrarán el 28 de mayo, y son muchos los que no quieren perder la oportunidad de ejercer su derecho al voto, a pesar de que ese día no se encontrarán en el país, ya sea porque viven temporalmente en el exterior o porque están de vacaciones.

Estas condiciones no tienen por qué limitar a esas personas que desean participar en esta fecha electoral y tener la posibilidad de elegir a sus futuros responsables políticos.

Para ellos, está disponible el voto por correo, pero con algunas diferencias.

Solicitar el voto

Para solicitar el voto, las personas que se encuentran en el extranjero deben cumplimentar y presentar el impreso personalmente en el consulado o embajada antes del 29 de abril. Dicho documento se podrá encontrar tanto en el consulado como en la embajada del país en el que estén.

Además, para formular la solicitud del voto deben estar inscrito en el registro de matrícula consular del país donde te encuentres como no residente.

Documentos

El censo electoral emitirá a los ciudadanos que vivan fuera de España los siguientes documentos para que puedan ejercer su derecho al voto.

  • Una hoja informativa.
  • Papeletas y sobres de votación.
  • Certificado de inscripción en el censo electoral.
  • Un sobre dirigido a la mesa electoral que le corresponda.
  • Impreso para la devolución de los gastos de envío del voto por correo.

¿Qué debo incluir en el sobre?

En el sobre que se dirigirá a la mesa electoral hay que incluir los siguientes documentos:

  • Los sobres de votación con su opción de voto.
  • El certificado de inscripción en el censo.
  • El impreso cumplimentado para la devolución de los gastos de envío (opcional).

Fecha límite

El sobre con los votos debe enviarse por correo certificado antes del 24 de mayo.

Para que se considere un voto válido, debe constar claramente un matasellos u otra inscripción oficial de una oficina de correos del estado correspondiente, que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.

Correos conservará hasta el día de la votación la correspondencia dirigida a la mesa y la trasladará entra las 08:00 y 19:00 h. (hora canaria) de ese 28 de mayo.