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El BOE cambia las reglas de la la Seguridad Social: a partir del 1 de septiembre, ya no se enviarán más cartas y avisos a estos trabajadores

Las notificaciones sobre incapacidad temporal, incapacidad permanente y otros procedimientos dejarán de enviarse en papel

Así serán las nuevas notificaciones de la Seguridad Social

Así serán las nuevas notificaciones de la Seguridad Social / José Luis Roca

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Miles de trabajadores se encontrarán con un importante cambio tras las vacaciones de verano. La Seguridad Social prepara una de las reformas más importantes de los últimos años en materia de comunicación e información con los ciudadanos. A partir del 1 de septiembre, el sistema habitual de contacto con determinados usuarios dejará de utilizarse para dar paso a un nuevo método más moderno, ágil y eficiente.

La nueva norma ya está publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la Orden ISM/541/2026. Cuando entre en vigor, las resoluciones relacionadas con la incapacidad temporal, la incapacidad permanente y las lesiones permanentes no incapacitantes se comunicarán exclusivamente por vía electrónica, dejando atrás el envío de cartas en papel.

FACHADA DE LA SEDE DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN GALERAS

FACHADA DE LA SEDE DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN GALERAS / Jesús Prieto / ECG

De este modo, la Seguridad Social pretende agilizar los procedimientos y reducir los tiempos de gestión de los expedientes.

Las notificaciones llegarán solo por la Sede Electrónica

Con el nuevo sistema, los afectados deberán consultar las comunicaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) utilizando alguno de los sistemas de identificación admitidos, como Cl@ve, el certificado digital o el DNI electrónico.

Aunque la Administración seguirá enviando un aviso mediante SMS o correo electrónico cuando exista una nueva notificación, ese mensaje tendrá solo carácter informativo. La validez legal seguirá dependiendo de la publicación del documento en la sede electrónica.

El plazo de diez días será clave

Uno de los cambios más importantes afecta al cómputo de los plazos. Una vez que la resolución esté disponible en la Sede Electrónica, el afectado dispondrá de 10 días naturales para acceder a ella. Si no lo hace dentro de ese periodo, la notificación se considerará rechazada automáticamente, aunque nunca haya abierto el documento.

La migraña es la segunda causa de incapacidad.

Los trabajadores con incapacidad sufrirán estos cambios / Adobe Stock

A partir de ese momento comenzarán a contar los plazos para presentar reclamaciones o recursos, lo que puede provocar que la resolución sea una resolución firme aunque el interesado haya llegado a leerla.

El Ministerio justifica esta modificación por la creciente utilización de medios electrónicos entre la población activa y por la necesidad de acelerar la gestión administrativa. La eliminación del correo postal también permitirá reducir costes, evitar retrasos en la entrega de resoluciones y disponer de un registro electrónico que deje constancia exacta del momento en que cada notificación se pone a disposición del ciudadano o expira el plazo para consultarla.

Por eso, quienes estén inmersos en un procedimiento de incapacidad deberán revisar periódicamente su buzón electrónico de la Seguridad Social para evitar que una resolución importante pase desapercibida y pierdan la posibilidad de defender sus derechos dentro del plazo legal.

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