Confirmado por el INSS: las cotizaciones de este subsidio del SEPE no sirven para jubilarse si no se cumplen antes este requisito de la Seguridad Social
La Seguridad Social recuerda que los años cotizados al Servicio Público de Empleo Estatal mientras se cobraba esa ayuda sí aumentan la futura pensión, pero no permiten generar el derecho inicial a una prestación contributiva si el trabajador no reunía previamente el periodo mínimo exigido

PI STUDIO
Miles de trabajadores que han pasado por una etapa de desempleo pueden llevarse una sorpresa al revisar su vida laboral y comprobar que algunos periodos en los que cobraron este subsidio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no aparecen reflejados como cotizados. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no reconoce todas las prestaciones por desempleo a efectos de cotización para alcanzar el mínimo exigido para la jubilación, por lo que los afectados deben conocer qué alternativas tienen para solucionar esta situación.
Este problema con las aportaciones a la vida laboral afecta a los parados que cobran el subsidio para mayores de 52 años del SEPE. La Seguridad Social ha explicado que estas cotizaciones no pueden utilizarse para generar el derecho inicial a la pensión si no se ha alcanzado el mínimo exigido por el INSS:
- Tener al menos 15 años cotizados para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación.
- Haber cotizado un mínimo de 2 años dentro de los últimos 15 años antes de solicitar la jubilación.
Pese a esto, el SEPE continúa cotizando por la contingencia de jubilación mientras el trabajador percibe esta ayuda.

Entrada de una oficina del SEPE / Jesús Hellín - Europa Press
El requisito debe cumplirse antes de cobrar el subsidio
Para acceder al subsidio para mayores de 52 años, el trabajador ya debe cumplir casi los mismos requisitos que se exigen para jubilarse, salvo el de la edad. Es decir, debe tener cotizados los 15 años ya mencionados anteriormente.
Por ese motivo, las cotizaciones que el SEPE realiza posteriormente durante el cobro del subsidio no pueden utilizarse para completar ese mínimo legal, ya que el beneficiario debía haberlo alcanzado antes incluso de solicitar la ayuda.

Vídeo: Agencia ATLAS | Foto: EP
Varias resoluciones judiciales han reforzado este criterio al considerar que las cotizaciones abonadas por el Estado durante el subsidio tienen un carácter protector, pero no pueden sustituir las cotizaciones efectivamente realizadas durante la vida laboral para generar un derecho que previamente no existía.
El subsidio para mayores de 52 años sí cuenta para mejorar la futura pensión
Mientras los parados cobran la ayuda, el SEPE ingresa cotizaciones a la Seguridad Social usando el 125% de la base mínima de cotización, lo que en 2026 supone una aportación de 1.780 euros mensuales.
Estas cotizaciones sí producen efectos importantes:
- Incrementan los años totales cotizados, aumentando el porcentaje de pensión que corresponderá al trabajador.
- Forman parte del cálculo de la base reguladora, evitando lagunas de cotización que reducirían la cuantía final de la pensión.
- Pueden servir para cumplir determinados requisitos de modalidades de jubilación anticipada, siempre que ya exista el derecho inicial a la prestación contributiva.
Gracias a esta ventaja, sí se mejora la pensión de quien ya tiene derecho a ella, pero no crean ese derecho desde cero.

Dos personas pasan por la oficina de empleo / Eduardo Parra - Europa Press
¿Qué ocurre si una persona llega a la jubilación sin esos 15 años?
La Seguridad Social también detecta muchos casos en los que no se cumplen los requisitos, sobre todo, el de tener dos años cotizados de los últimos 15.
Cuando el trabajador alcanza la edad ordinaria de jubilación, el subsidio para mayores de 52 años se extingue automáticamente. Si en ese momento el INSS comprueba que no reúne los años mínimos exigidos para acceder a una pensión contributiva, la prestación será denegada.
En estos casos, la Seguridad Social y los especialistas recomiendan estudiar distintas alternativas:
- Solicitar la pensión no contributiva de jubilación, siempre que se cumplan los requisitos de residencia y nivel de ingresos.
- Revisar detalladamente la vida laboral para localizar cotizaciones no contabilizadas o periodos que puedan reconocerse legalmente, como determinados beneficios por cuidado de hijos.
- Sumar cotizaciones realizadas en otros países con los que España mantiene convenios internacionales.
- Volver a incorporarse al mercado laboral si faltan pocos meses para alcanzar el periodo mínimo exigido.
- Valorar otras prestaciones, como el Ingreso Mínimo Vital, cuando no sea posible acceder a la jubilación contributiva.
Los expertos insisten en que los beneficiarios del subsidio no deberían esperar a cumplir la edad legal de jubilación para comprobar su situación.
