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Miguel Benito, abogado laboralista, lo confirma: "Las mutuas timan a los trabajadores con este truco"

El experto recuerda que la legislación protege a los empleados en más situaciones de las que muchos creen y explica cuándo corresponde considerar un accidente como laboral

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en un acto la semana pasada.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en un acto la semana pasada. / Eduardo Parra - Europa Press / Europa Press

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Muchos trabajadores se encuentran con un problema habitual cuando sufren un accidente laboral. La mutua no reconoce la contingencia como profesional. Esta situación puede generar conflictos entre empleados y entidades colaboradoras, especialmente cuando la negativa afecta a derechos reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores y otras normativas laborales. El abogado laboralista Miguel Benito (@empleado_informado) recuerda que existen situaciones en las que una denegación de la mutua puede ser contraria a la ley y que los trabajadores tienen mecanismos para reclamar.

"Estoy harto de que las mutuas os timen con este truco", comienza diciendo el especialista en uno de sus vídeos. Cuando un trabajador sufre una caída, un golpe o un problema de salud relacionado con su empleo se da un problema que tiene solución si el afectado conoce sus derechos y reclama.

Archivo - Los Centros de Prevención de Riesgos Laborales investigaron durante el año 2025 en Andalucía un total de 573 accidentes de trabajo, de los cuales 46 fueron mortales y 325 graves.

Muchos trabajadores sufren estos problemas / UGT-A - Archivo

Miguel Benito explica que muchas personas desconocen que la ley presume que determinados accidentes tienen origen laboral y que en esos casos, no corresponde al trabajador demostrarlo. Tanto la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) como la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) regulan estos hechos.

La ley protege más supuestos de los que muchos conocen

El asesor recuerda que la normativa española considera accidente de trabajo no solo el que ocurre dentro del puesto de trabajo, también lo que te ocurre yendo o viniendo del trabajo. Si te ocurre esto, "es la empresa la que tiene que demostrar que no tiene nada que ver con el trabajo", señala miguel benito.

La ley establece que todo accidente o enfermedad que tengáis yendo, volviendo o en el trabajo se considera accidente laboral"

Miguel Benito

— Abogado laboralista

Según explica el abogado laboralista, también pueden tener la consideración de accidente o enfermedad profesional aquellos problemas de salud que, aunque no hayan sido originados por el trabajo, se agravan como consecuencia de la actividad laboral.

En su opinión, este es uno de los aspectos más desconocidos por los empleados y que más conflictos provoca con las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.

Quién debe demostrar el origen del accidente

Miguel Benito insiste en que cuando concurren las circunstancias previstas en la ley, no es el trabajador quien debe probar que el accidente tiene carácter laboral, sino que corresponde a la empresa o a la entidad que lo niega acreditar que no existe relación con el trabajo.

Por ese motivo, recomienda no conformarse con una negativa inicial si existen dudas sobre la calificación del accidente, ya que esa decisión puede influir en prestaciones económicas, bajas médicas, indemnizaciones y otros derechos laborales.

El abogado aconseja conservar toda la documentación médica, comunicar el accidente cuanto antes y solicitar asesoramiento especializado cuando la mutua rechace el carácter laboral de una lesión o enfermedad que puedan estar protegidas por la ley.

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