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Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: los empleados que tengan esta jornada laboral pueden cobrar un plus salarial y tienen estos derechos adicionales

La legislación reconoce una compensación específica para quienes desarrollan su jornada entre las 22:00 y las 06:00 horas

Dos trabajadores recogen uva en horario nocturno

Dos trabajadores recogen uva en horario nocturno / EPC

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Existe una franja horaria concreta del día en la que trabajar puede darte derecho a cobrar un plus adicional en la nómina. Muchos empleados desconocen que realizar su jornada dentro de ese periodo puede suponer un incremento salarial, una compensación que está reconocida por el Estatuto de los Trabajadores y que puede mejorarse por el convenio colectivo correspondiente.

Trabajar mientras la mayoría duerme no solo es una molestia, sino que también tiene consecuencias sobre la salud, el descanso y la conciliación familiar. Por ello, el Estatuto de los Trabajadores contempla más derechos para quienes desarrollan su actividad durante la noche.

Este es el horario nocturno reconocido por el Estatuto de los Trabajadores

La normativa laboral establece que el trabajo realizado entre las 22:00 y las 06:00 horas debe contar con una retribución específica, salvo que el salario ya se hubiera fijado teniendo en cuenta que el puesto es nocturno por naturaleza o que el convenio colectivo establezca una compensación mediante descanso.

Una operaria de limpieza realiza su trabajo tras una noche de Carnaval.

Una operaria de limpieza realiza su trabajo tras una noche de Carnaval / Andrés Gutiérrez

Pese a esto, el Estatuto no fija una cantidad concreta. La cuantía del plus depende del convenio colectivo aplicable, por lo que puede variar significativamente de un sector a otro.

¿Quién tiene derecho al plus de nocturnidad?

El artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores diferencia entre el horario nocturno y la figura del trabajador nocturno.

Por un lado, considera trabajo nocturno cualquier actividad realizada entre las 22:00 y las 06:00 horas. Sin embargo, para que un empleado sea considerado legalmente trabajador nocturno, debe cumplir al menos uno de estos requisitos:

  • Realizar un mínimo de tres horas de su jornada diaria dentro de ese horario.
  • Que, a lo largo del año, al menos un tercio de su jornada laboral transcurra durante la noche.

Además del posible complemento salarial, da varias protecciones adicionales en materia de salud laboral y organización del trabajo.

Cuánto dinero se puede cobrar por trabajar de noche

El Estatuto reconoce el derecho a una compensación, pero deja en manos de la negociación colectiva la forma de calcularla.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, en un encuentro con los sindicatos europeos organizado por CCOO y UGT este jueves.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, en un encuentro con los sindicatos europeos organizado por CCOO y UGT este jueves. / Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

Los convenios suelen utilizar tres sistemas distintos:

  • Un porcentaje sobre el salario base, habitualmente entre el 20% y el 30%.
  • Una cantidad fija por cada hora trabajada durante la noche.
  • Un importe cerrado por turno completo nocturno.

También existen sectores que directamente establecen tablas salariales diferentes para el personal diurno y el nocturno, integrando ya esa compensación en el sueldo mensual.

El trabajo nocturno tiene derechos y límites específicos

Más allá de la compensación económica, el Estatuto tiene una protección reforzada para quienes trabajan de noche. Entre las principales garantías destacan:

  • La jornada no puede superar una media de ocho horas diarias en un periodo de referencia de quince días.
  • Como norma general, los trabajadores nocturnos no pueden realizar horas extraordinarias, salvo supuestos muy excepcionales como situaciones de fuerza mayor o incidencias graves en el relevo de turnos.
  • La empresa debe ofrecer reconocimientos médicos gratuitos antes de comenzar el trabajo nocturno y posteriormente de forma periódica.
  • Si el trabajo nocturno provoca problemas de salud acreditados médicamente, el empleado puede solicitar su traslado a un puesto diurno compatible con su cualificación profesional.

La normativa también presta especial atención a las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia.

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