Es oficial en el BOE: estos trabajadores perderán entre un 2% y un 13% de su pensión de jubilación pese a haber cotizado más de 44 años
La Ley 21/2021 contempla las penalizaciones para quienes se retiren antes, aunque las suaviza para las carreras laborales más largas

PI STUDIO
Haber trabajado durante toda una vida no garantiza cobrar el 100% de la pensión de jubilación. Incluso con una carrera laboral muy larga, la Seguridad Social puede aplicar coeficientes reductores si el trabajador se jubila antes de la edad ordinaria exigida. Estas penalizaciones reducen de forma permanente la cuantía de la prestación, aunque se hayan acumulado muchos años de cotización.
La Ley 21/2021 de la Seguridad Social, mantiene los coeficientes reductores para la jubilación anticipada voluntaria, aunque establece penalizaciones más favorables para quienes cuentan con carreras de cotización largas.

Los jubilados perderán permanentemente parte de su pensión / ZOWY VOETEN / EPC
Por eso, las personas que han trabajado durante 40 o incluso 44 años se quejan de esta normativa de la Seguridad Social. Al decidir retirarse antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación, no se garantiza cobrar el 100% de la pensión.
La reforma de hace unos años cambió la forma de aplicar estos descuentos. En lugar de calcularlos por trimestres, la Seguridad Social los aplica mes a mes, lo que hace que el momento exacto en el que una persona solicita la jubilación tenga una repercusión directa sobre el importe definitivo que percibirá durante el resto de su vida.
La decisión de jubilarse antes tiene un coste permanente
La jubilación anticipada voluntaria está reservada para quienes deciden poner fin a su vida laboral por iniciativa propia, sin que exista un despido, un expediente de regulación de empleo o el cierre de la empresa.
Para acceder a esta modalidad es necesario cumplir varios requisitos:
- El trabajador solo puede adelantar la jubilación un máximo de 24 meses respecto a la edad legal que le corresponda.
- Debe acreditar al menos 35 años cotizados.
- Dos de esos años deben estar dentro de los quince años anteriores a la solicitud.
- El trabajador debe encontrarse en situación de alta o asimilada al alta
- La pensión resultante tras aplicar la penalización debe ser superior a la pensión mínima que le correspondería a los 65 años.
Si reúnes estas obligaciones, podrás acceder a la jubilación anticipada voluntaria con coeficientes reductores.
Los coeficientes se reducen, pero no desaparecen
La ley distingue varios tramos según los años cotizados. Cuanto mayor es la carrera profesional, menor resulta el porcentaje de reducción, aunque el descuento sigue existiendo.
Así, un trabajador con entre 40 y 41 años y medio cotizados puede sufrir una reducción de hasta el 19% si adelanta su jubilación los dos años completos. Si acredita entre 41 años y medio y 44 años y medio, la penalización máxima baja al 17%.
Solo quienes superan los 44 años y seis meses de cotización acceden al tramo más favorable, donde el descuento máximo se sitúa en el 13% al anticipar la jubilación los 24 meses permitidos.
La reforma también introdujo un incentivo para retrasar unos meses la salida del mercado laboral. En muchos casos, esperar algunos meses dentro del periodo de anticipación reduce considerablemente el coeficiente reductor respecto a quienes se jubilan justo dos años antes.
Existen algunas excepciones a los coeficientes reductores
La Seguridad Social solo permite acceder a una jubilación anticipada sin estos recortes en supuestos muy concretos. Aquí entran: determinados funcionarios del régimen de Clases Pasivas, profesionales con trabajos especialmente penosos o peligrosos, trabajadores con determinados grados de discapacidad o quienes acceden a la jubilación parcial mediante contrato de relevo.
Para el resto de trabajadores del Régimen General, la regla continúa siendo la misma, adelantar voluntariamente la jubilación implica aceptar una reducción permanente de la pensión, incluso cuando se hayan acumulado más de 40 años de cotización.
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