El alquiler vacacional en Canarias sufre un recorte del 20% en un año
La oferta de vivienda turística en Canarias ha descendido drásticamente, pasando de 47.648 a 38.337 inmuebles en tan solo doce meses

Dos personas se alojan en una vivienda vacacional con el cartel distintivo (Vv). / María Pisaca
El alquiler turístico se ha enfrentado en los últimos años a una ofensiva regulatoria que buscaba ordenar un sector que había crecido como la espuma en el Archipiélago, casi sin ningún tipo de limitación. La aprobación en noviembre de 2025 de una normativa regional, unida a la regulación que también puso en marcha el Estado, ha puesto contra las cuerdas a un sector que movía 959 millones de euros en las Islas. En apenas un año, los límites regulatorios han comenzado a doblegar el alquiler turístico, han eliminado una de cada cuatro viviendas que existían en el mercado canario y han reducido los ingresos en un 33%.
Los motivos que han argumentado las diferentes Administraciones para tratar de lanzar normativas que permitiesen contener un avance que parecía imparable (en apenas cinco años se sacaron al mercado más de 13.000 viviendas, llegándose a superar las 50.000 en todo el Archipiélago) son variados. Pero, principalmente, el afán de los diferentes Gobiernos fue intentar atajar la escasez de vivienda residencial que existe en casi todo el país, así como reducir los problemas de convivencia que se estaban generando en diferentes zonas y respaldar el rechazo de una parte de la población.
De esta manera, el Gobierno canario se puso manos a la obra y, en noviembre de 2025, el Parlamento regional aprobó la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, que entró en vigor en diciembre de ese año. La norma buscaba no solo purgar la oferta que no estuviera en condiciones, sino también endurecer los requisitos para poner nuevas viviendas en el mercado. A partir de ese momento, ya no bastaba con presentar una declaración responsable para iniciar la actividad, se daba más poder a los ayuntamientos para poder acotarla y se limitaba el porcentaje de inmuebles que pueden dedicarse al alquiler vacacional respecto del total del parque residencial de cada municipio.
Limitación a la actividad
Además, entraba en vigor una moratoria de cinco años que impide que nuevas propiedades comiencen a trabajar y daba a quienes ya estuvieran explotando un alojamiento el mismo plazo para adaptarse a la nueva normativa. La ley no contentó a casi nadie. Mientras algunos la consideraban demasiado restrictiva, para otros dejaba todavía margen para que se siguiera engordando el sector.
De forma casi paralela, el Gobierno central inició otra cruzada regulatoria contra el alquiler vacacional creando el Registro Único de Alquiler Turístico, una especie de DNI nacional que tenían que solicitar todas las propiedades de uso turístico para poder comercializarse a través de las plataformas online en las que contactan con la mayoría de sus clientes. Comenzó entonces la purga de las páginas web. Primero de casetas de campaña, yurtas o autocaravanas y después de aquellos alojamientos que no hubiera obtenido el ansiado número de registro. Y fueron mucho, porque alguno de los requisitos era demasiado exigentes, como la necesidad de tener la vivienda inscrita en el Registro de la Propiedad, un trámite que no es obligatorio para ningún inmueble.
Sin embargo, el Tribunal Supremo anuló el Registro Único en mayo de este año al entender que el Estado carecía de competencias para su creación, ya que imponía una doble regulación, tal y como denunciaban las asociaciones de propietarios, cuando la competencia debían ejercerla las comunidades autónomas.
Comunidades de vecinos
En 2025, la modificación de la ley de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia introdujo cambios en la ley de Propiedad Horizontal, que otorgó a las comunidades de propietarios mayor poder para vetar los pisos turísticos. Mientras antes de esta modificación un propietario podía dedicar su vivienda al uso vacacional salvo que existiera una prohibición expresa de la comunidad, a partir de ese momento se cambiaban las tornas y se necesita una autorización previa para comenzar a trabajar.
Con todo esto, el recorte de la oferta de vivienda vacacional en Canarias ha sido fulminante en el último año. En mayo -el último dato disponible en el Instituto Canario de Estadística (Istac)- había 38.337 inmuebles de uso turístico en el Archipiélago. Un año antes, en mayo de 2025 y previamente a que entrara en vigor la ley canaria y comenzara a aplicarse el registro estatal, la oferta ascendía hasta las 47.648 propiedades. Lo que supone que en solo doce meses han desaparecido 9.311 viviendas vacacionales de las Islas, casi un 20% de la oferta que existía en 2025.
Pero uno de los grandes objetivos que se persigue con el coto al alquiler vacacional -que es mitigar la escasez de alternativas habitacionales para los residentes de Canarias- parece que no se está consiguiendo. Los propietarios que no han podido o no han querido seguir con la actividad turística de su vivienda son libres de decidir que hacer con su propiedad.
Y a tenor de cómo está el mercado inmobiliario en las Islas, difícilmente esas 9.311 casas turísticas han pasado a engrosar el mercado de alquiler tradicional, que a lo largo del último año ha seguido experimentando una falta de oferta y unos precios que no han dejado de incrementarse. De hecho, los alquileres costaban en mayo de 2026 un 8% más que en el mismo mes del año anterior y el coste por metro cuadrado alcanzó los 16,28 euros de media.
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Fuente: La Provincia - Diario de Las Palmas
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