La Seguridad lo hace oficial: los trabajadores que hayan donado órganos cobrarán el 100% del sueldo mientras estén de baja
La normativa reconoce una incapacidad temporal especial para quienes donan un órgano o tejido en vida, eliminando requisitos de cotización y asegurando que el proceso no implique pérdidas económicas

Agencia Atlas
La Seguridad Social contempla un tipo de incapacidad temporal que permite a los trabajadores cobrar el 100% de su base reguladora durante la baja. Se trata de los procesos derivados de intervenciones quirúrgicas por donación de órganos o tejidos, una situación protegida de forma especial por la normativa y que da derecho a percibir la prestación íntegra mientras dure la recuperación.
Donar un órgano es un acto altruista que puede salvar otra vida, pero hasta hace poco muchos trabajadores temían las consecuencias económicas derivadas de una intervención quirúrgica y de la posterior recuperación, pero con la entrada en vigor de la Ley 6/2024, ese escenario ha cambiado.

Primera intervención de donación cardíaca en asistolia controlada, es decir, con el corazón parado, del L’Hospital Universitari de Girona Dr. Josep Trueta. 30/08/2024 Este tipo de donación permitirá incrementar el número potencial de donantes y la disponibilidad de órganos para un trasplante cardiaco CATALUÑA ESPAÑA EUROPA GIRONA SALUD HOSPITAL JOSEP TRUETA. TRASPLANTE. QUIROFANO. CORAZON. HOSPITAL UNIVERSITARIO / HOSPITAL JOSEP TRUETA / Europa Press
La normativa ha creado una modalidad específica de incapacidad temporal que protege a los donantes vivos durante todo el proceso, desde las pruebas médicas necesarias hasta la recuperación completa tras la operación. El objetivo es que ninguna persona renuncie a donar por miedo a perder ingresos o a ver afectada su situación laboral.
Cobro íntegro de la prestación desde el primer día
Una de las principales novedades es que la prestación económica alcanza el 100% de la base reguladora por contingencias comunes. Esto supone que el trabajador mantiene íntegro su salario durante el periodo de baja relacionado con la donación.
Además, la cobertura comienza desde el mismo día en que se expide la baja médica. A diferencia de otras incapacidades temporales por enfermedad común, no existen días sin remuneración ni reducciones progresivas de la prestación.
El pago corresponde directamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a la mutua colaboradora responsable, lo que evita que el trabajador tenga que asumir pérdidas económicas durante la recuperación.
Otra diferencia respecto a las bajas ordinarias es que no se exige un periodo mínimo de cotización para acceder a esta protección. En circunstancias normales, las prestaciones requieren haber cotizado un número concreto de días. Sin embargo, en el caso de la donación de órganos, ese requisito desaparece, permitiendo que cualquier trabajador dado de alta pueda beneficiarse de la cobertura aunque lleve poco tiempo en el mercado laboral.
La protección comienza antes de la cirugía
La Seguridad Social distingue entre las distintas fases del proceso de donación. Las pruebas médicas previas, analíticas y exámenes de compatibilidad que deban realizarse durante la jornada laboral quedan cubiertos mediante permisos retribuidos.

España vuelve a batir el récord mundial en donación de órganos / Archivo
Cuando llega el momento de la intervención y del ingreso hospitalario, el trabajador pasa a la situación especial de incapacidad temporal, que también se extiende durante toda la recuperación domiciliaria hasta recibir el alta médica definitiva. Esta cobertura incluye tanto la preparación clínica como el periodo posterior necesario para restablecerse plenamente.
El puesto de trabajo también queda protegido
La reforma no solo garantiza el mantenimiento de los ingresos. Durante toda la baja el trabajador continúa cotizando a la Seguridad Social con normalidad, preservando sus derechos futuros en materias como jubilación o prestaciones.
Una vez finalizado el proceso médico, la empresa debe permitir la reincorporación en las mismas condiciones laborales existentes antes de la intervención.
La modificación de la Ley General de la Seguridad Social y del Estatuto de los Trabajadores persigue que la decisión de donar un órgano o tejido no tenga consecuencias negativas para quien realiza ese gesto solidario.
