Cambios en la Declaración de la Renta: solo estos contribuyentes se pueden deducir 1.000 euros del seguro del hogar
La Agencia Tributaria deja muy claros los requisitos que se deben cumplir para beneficiarte del ahorro del IRPF

El ministro de Hacienda, Arcadi España / José Luis Roca / EPC
La Campaña de la Renta 2026 entra en su recta final y cada vez queda menos tiempo para presentar la declaración. Aun así, miles de contribuyentes todavía no han revisado el borrador ni han cumplido con esta obligación fiscal. Entre las ventajas más desconocidas se encuentra la posibilidad de deducir determinados gastos relacionados con el seguro del hogar, un ahorro que puede reducir la factura fiscal si se cumplen los requisitos establecidos por Hacienda.
La Agencia Tributaria no contempla una deducción para incluir determinadas primas de seguros dentro de otras deducciones o gastos fiscalmente deducibles, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
En algunos casos, el ahorro fiscal total puede superar los 1.300 euros, aunque la mayor parte de ese beneficio no procede del seguro en sí, sino del conjunto de pagos relacionados con la vivienda.
La situación más favorable: hipotecas firmadas antes de 2013
La principal vía para incluir el seguro de hogar en la declaración afecta a quienes compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y mantienen el derecho a la antigua deducción por inversión en vivienda habitual.
Se trata de un régimen transitorio que continúa vigente para determinados contribuyentes que ya aplicaban esta ventaja fiscal antes de la desaparición general de la deducción. En estos casos, Hacienda permite sumar a la base de deducción diversos gastos vinculados al préstamo hipotecario, entre ellos determinadas primas de seguro exigidas por la entidad financiera para conceder la hipoteca.

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La deducción estatal es del 7,5%, a la que se añade el porcentaje autonómico correspondiente. Con carácter general, ambos porcentajes alcanzan conjuntamente el 15%. La base máxima anual sobre la que puede aplicarse la deducción es de 9.040 euros. Esto significa que el ahorro fiscal puede llegar a los 1.356 euros al año.
Sin embargo, no todo el recibo del seguro es deducible. La normativa establece que únicamente pueden incluirse las coberturas vinculadas a la protección del inmueble exigidas dentro de las condiciones del préstamo hipotecario, especialmente las relacionadas con incendios y daños estructurales.
Requisitos para acceder a la deducción
Para poder beneficiarse de esta ventaja fiscal es necesario cumplir varias condiciones:
- Haber adquirido la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
- Haber aplicado la deducción por vivienda habitual en ejercicios anteriores o tener derecho a ella dentro del régimen transitorio.
- Mantener una hipoteca vinculada a la vivienda habitual.
- Tener contratado el seguro exigido por la entidad financiera dentro de las condiciones del préstamo.
- Conservar la documentación que permita acreditar el importe de la prima deducible.
Los importes deben incluirse en las casillas 547 y 548 de la declaración, correspondientes a los tramos estatal y autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual.
También pueden beneficiarse propietarios que alquilan viviendas
La normativa fiscal contempla otra posibilidad para quienes tienen una vivienda arrendada.
En este caso, el seguro del hogar se considera un gasto necesario para la obtención de los rendimientos del alquiler. Por ello, el propietario puede deducirse el coste íntegro de la póliza como gasto asociado al inmueble.
La ventaja no consiste en recibir una devolución directa, sino en reducir el rendimiento neto obtenido por el alquiler y, por tanto, pagar menos impuestos. Aquí, el gasto debe ponerse en la casilla 0114 de la declaración, dentro del apartado de rendimientos del capital inmobiliario.
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