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La Seguridad Social lo hace oficial: la ayuda de 115 euros al mes para los beneficiarios tinerfeños del IMV que tienen hijos

La ayuda está vinculada al Ingreso Mínimo Vital y permite cobrar hasta 115 euros mensuales por hijo

Así es la ayuda que pueden pedir muchas familias

Así es la ayuda que pueden pedir muchas familias

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Los gastos derivados del cuidado de un hijo suelen ser muy elevados: alimentación, material escolar, ropa y un largo etcétera que obliga a muchas familias a ajustar su economía doméstica. Ante esta situación, la Seguridad Social cuenta con una ayuda destinada a los hogares que deben asumir estos costes, conocida como Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI).

Miles de familias de Tenerife ya pueden acceder en 2026 a una ayuda mensual vinculada a la crianza de hijos menores, estén cobrando o no el Ingreso Mínimo Vital completo. Gracias al CAPI, la Seguridad Social refuerza los ingresos de los hogares con menos recursos y combatir la pobreza infantil.

Así el Complemento de Ayuda para la Infancia

Aunque forma parte del sistema del IMV, este complemento tiene una particularidad importante, muchas familias que superan el límite económico para recibir el Ingreso Mínimo Vital sí pueden entrar dentro de los baremos del CAPI. Por eso, cada vez más hogares con empleo, nóminas o ingresos regulares descubren que pueden solicitar esta ayuda. La prestación se abona mensualmente y la cuantía depende de la edad de cada menor que forme parte de la unidad familiar:

  • Menores de 3 años: 115 euros al mes.
  • Entre 3 y 6 años: 80,50 euros mensuales.
  • Entre 6 y 18 años: 57,50 euros al mes.

El importe es acumulativo. Esto significa que una familia con varios hijos puede sumar distintas cantidades en función de sus edades. Por ejemplo, un hogar con un niño de 2 años y otro de 10 años podría recibir cada mes 172,50 euros entre ambos complementos.

La Seguridad Social realiza el ingreso normalmente durante los primeros días hábiles de cada mes y el dinero está exento de tributar en el IRPF.

Qué familias pueden acceder al complemento

El requisito principal es tener menores de edad a cargo dentro de la unidad de convivencia. Además, la Seguridad Social exige cumplir determinados límites económicos y patrimoniales. Los topes de ingresos son más amplios que los del IMV tradicional. Esto permite que familias trabajadoras con salarios modestos también puedan acceder a la ayuda:

  • Un adulto con un menor: hasta 34.332 euros anuales.
  • Un adulto con dos menores: hasta 42.255 euros anuales.
  • Dos adultos con dos menores: hasta 50.178 euros anuales.
  • Dos adultos con tres hijos o más: hasta 58.101 euros anuales.

Además del nivel de ingresos, el organismo también analiza el patrimonio familiar, aunque no se tiene en cuenta la vivienda habitual.

Tabla completa del límite de ingresos para cobrar el CAPI

Tabla completa del límite de ingresos para cobrar el CAPI / Seguridad Social

La Seguridad Social también revisa el patrimonio neto de la familia, es decir, cuentas bancarias, segundas viviendas, fondos o inversiones, descontando deudas y préstamos vigentes. Los límites cambian según el tamaño de la unidad familiar. Por ejemplo:

  • Un adulto y un menor: máximo de 55.460 euros.
  • Dos adultos y dos menores: hasta 87.152 euros.
  • Familias más amplias: el límite puede alcanzar los 102.997 euros.

En muchos casos, la ayuda se concede automáticamente. Las familias que ya cobran el Ingreso Mínimo Vital o la antigua prestación por hijo a cargo no tienen que realizar ningún trámite adicional.

Límites del patrimonio según la unidad de convivencia

Límites del patrimonio según la unidad de convivencia / Seguridad Social

Sin embargo, quienes no estén dentro de esos supuestos sí deben presentar una solicitud del IMV ante la Seguridad Social. Durante el estudio del expediente, el INSS analiza si la familia cumple los requisitos para el complemento infantil aunque no tenga derecho a la renta básica del Ingreso Mínimo Vital. La gestión puede realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en los centros de atención presencial.

El Complemento de Ayuda para la Infancia no es una medida temporal ni una subvención extraordinaria. La prestación está regulada por la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital y lleva en funcionamiento desde enero de 2022.

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