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Hacienda detecta cobros indebidos del Ingreso Mínimo Vital y obliga a devolver mucho a los beneficiarios que superen estos límites de ingresos

Una mujer que cobraba el IMV devolverá 1.453 euros a la Seguridad Social después de que se le haya detectado que recibía ingresos de más

Pagos indebidos del IMV: "Se equivoca la Seguridad Social y encima me embargan la cuenta"

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Daniel Tortajada

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

La Seguridad Social establece condiciones muy estrictas para quienes cobran prestaciones públicas, especialmente en el caso del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Por eso, cualquier cobro indebido detectado por Hacienda puede obligar al beneficiario a devolver las cantidades percibidas de más. Esto es lo que le ha ocurrido a una perceptora de esta ayuda, que ha tenido que reintegrar una importante suma tras superar los límites de ingresos establecidos.

Los requisitos que exige la Seguridad Social para cobrar el IMV en 2026

El Ingreso Mínimo Vital tiene una larga lista de condiciones económicas y administrativas que los solicitantes deben cumplir para poder acceder a la ayuda. La prestación está gestionada por la Seguridad Social y su destino son hogares en situación de vulnerabilidad económica y su concesión depende tanto de los ingresos como del patrimonio familiar.

Una de las condiciones principales es la edad. El solicitante debe tener entre 23 y 65 años, aunque existen excepciones para jóvenes de entre 18 y 22 años con menores a cargo, víctimas de violencia de género, huérfanos absolutos o personas procedentes de centros de protección.

También es obligatorio acreditar residencia legal y continuada en España durante al menos un año antes de presentar la solicitud. La Seguridad Social también exige que la unidad de convivencia lleve constituida un mínimo de seis meses. Es decir, las personas que viven juntas y forman parte de la solicitud deben demostrar estabilidad en el domicilio, salvo excepciones relacionadas con situaciones de exclusión social.

La Seguridad Social recuerda que el IMV es compatible con el trabajo, siempre que los ingresos totales no superen los límites fijados para cada hogar.

Límites de ingresos y patrimonio

Aquí es donde surge el conflicto que le ha ocurrido a esta beneficiaria. El acceso al IMV depende especialmente del nivel de ingresos del hogar. En 2026, una persona sola no puede superar aproximadamente los 638 euros mensuales de renta garantizada, mientras que las cuantías aumentan en función del número de adultos y menores. Por ejemplo:

  • Un adulto con un menor puede alcanzar hasta 829 euros mensuales.
  • Dos adultos con dos hijos pueden superar los 1.200 euros al mes.
  • Las familias numerosas pueden llegar a más de 1.400 euros mensuales.

La ayuda funciona como un complemento, la Seguridad Social paga la diferencia entre los ingresos reales del hogar y la cantidad garantizada. A esto se suma el límite patrimonial. Una persona sola no puede superar un patrimonio aproximado de 17.600 euros, sin contar la vivienda habitual. En familias más grandes, el máximo permitido puede alcanzar unos 46.000 euros.

Cuantías del IMV

Cuantías del IMV / El Día / Seguridad Social

La infracción que ha llevado al cobro indebido del IMV

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido la sentencia del TSJM 2611/2026 en la que se condena a una mujer a devolver 1.453 euros que se cobraron de manera indebida.

Varias personas son atendidas en una oficina de la Agencia Tributaria

Así afecta pasarte con los límites de Renta en el IMV / Carlos Lujan

Según se detalla, esta ciudadana comenzó a percibir el ingreso de la Seguridad Social en 2021. En ese momento se había creado un sistema de ayudas por la pandemia, y el IMV sustituía a la antigua ayuda por hijo a cargo, que pidió no mantener.

Sin embargo, la Seguridad Social detectó que en 2020 obtuvo 10.667,08 euros por rentas del trabajo. Esto cambiaba por completo el cálculo del IMV, disminuyendo la cuantía. Al saberse eso, el INSS reclamó la devolución de 1.453 euros recibidos entre junio de 2020 y octubre de 2021.

El TSJM explica que la beneficiaria del IMV tiene la responsabilidad de actualizar los datos

La parte de la beneficiaria aseguraba que era la Seguridad Social quien tiene la obligación de actualizar los datos fiscales, mientras que el juez estimó que el sistema no falló, y que es la afectada quien debe hacerlo y se debía regular al conocerse los ingresos reales tras la pandemia.

Todo cambió cuando la Seguridad Social actualizó los datos fiscales y comprobó que en 2020 tenía unas rentas del trabajo de 10.667,08 euros. Ante esto, el cálculo del IMV hacía que la cantidad que recibiría sería menor, por lo que el INSS pudiera reclamar la devolución de la cantidad correspondiente.

Ante esto, los expertos recuerdan que si cobras una prestación del Gobierno, revises muy bien los requisitos, para que no te pases de renta y tengas que devolver parte del dinero.

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