Los tinerfeños que vivien de alquiler pueden ahorrarse mucho dinero en la Renta: Hacienda fija los requisitos para los quienes hayan firmado un contrato de arrendamiento
El Gobierno de Canarias tiene una deducción autonómica que permite incluir las cuotas mensuales, además de existir una a nivel nacional para este tipo de alquileres

Estos son los gastos que te puedes desgravar si vives de alquiler / E.D. / L.P.
Los tinerfeños que viven de alquiler deben saber que existe un gasto importante que pueden desgravarse en la declaración de la Renta si cumplen un requisito indispensable que establece la Agencia Tributaria. Hacienda permite aplicar una deducción por una de las mayores cargas económicas de quienes tienen firmado un contrato de arrendamiento. Gracias a esto, miles de contribuyentes pueden reducir su factura fiscal.
La normativa actual de Hacienda deja claro que no todos los inquilinos pueden beneficiarse de deducciones estatales. Aunque durante años existió una deducción general por alquiler de vivienda habitual en toda España, este beneficio desapareció para los nuevos contratos. Aun así, Hacienda mantiene una vía abierta para determinados casos. Por eso, en Canarias se ha desarrollado una ayuda fiscal propia para aliviar el coste de la vivienda.
La deducción estatal solo es para contratos antiguos
En la Campaña de la Renta de 2026, solo los contratos de alquiler firmados a partir del 1 de enero de 2015 no tienen derecho a deducción estatal en el IRPF. Esto significa que la mayoría de inquilinos actuales no pueden desgravar nada a nivel nacional.
La única excepción es el régimen transitorio. Este permite mantener la deducción a quienes firmaron su contrato antes de esa fecha y han seguido cumpliendo los requisitos desde entonces. En estos casos, el contribuyente puede deducirse el 10,05% de lo pagado durante el año, siempre que su base imponible, lo que gana, no supere los 24.107,20 euros.
Además, no solo cuenta la renta mensual. También pueden incluirse otros gastos asociados al alquiler si el contrato obliga al inquilino a asumirlos, como la comunidad, el IBI o determinadas tasas municipales. Sin embargo, quedan fuera los suministros como luz, agua o internet.
El ahorro tiene un límite
El beneficio fiscal de desgravarse el alquiler no es ilimitado. Hacienda establece una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales para las rentas con una base imponible de 17.707,20 euros o menos al año. A partir de ahí, el importe se reduce progresivamente hasta desaparecer al superar el umbral de ingresos fijado.

Las personas que vivan de alquiler pueden aplicar estas deducciones en la Renta / Carlos Lujan
Esto se traduce en un ahorro máximo cercano a los 900 euros anuales, siempre que se cumplan todas las condiciones. Además, es imprescindible incluir el NIF del arrendador en la declaración, un requisito clave para que la Agencia Tributaria valide la deducción.
Canarias tiene una deducción propia: desgrava el 24% de lo pagado
Frente a la limitación estatal, Canarias se ha convertido en una de las comunidades más favorables para quienes viven de alquiler. La subida de precios se ve recompensada con un ahorro en la renta, porque el archipiélago mantiene una deducción autonómica activa y mucho más accesible, sin límite de fecha en el contrato de alquiler.
Los contribuyentes pueden deducirse el 24% de lo pagado por su vivienda habitual, con un límite general de 740 euros al año. Este tope aumenta hasta los 760 euros en el caso de menores de 40 años o mayores de 75, lo que amplía el beneficio para colectivos especialmente sensibles al coste de la vivienda.
Para acceder a esta deducción, es necesario cumplir varios requisitos que fija la Agencia Tributaria:
- No superar estos niveles de ingresos: 46.455 euros en tributación individual o 61.770 euros en conjunta.
- El alquiler debe representar al menos el 10% de los ingresos del contribuyente, lo que garantiza que se trata de un gasto relevante.
- La vivienda debe ser la residencia habitual, con contratos de al menos un año.
- Es obligatorio identificar al propietario y aportar los datos catastrales del inmueble.
Además, el Gobierno de Canarias contempla una situación excepcional con un tratamiento fiscal aún más favorable para los inquilinos que perdieron su vivienda habitual y permanecen en ella tras una dación en pago.
En estos casos, la deducción alcanza el 25% del alquiler abonado, con un límite que puede llegar a los 1.200 euros anuales. Es una medida pensada para proteger a quienes han atravesado situaciones económicas especialmente complicadas y tienen problemas con el pago del alquiler.
Para aplicar estas deducciones, es muy importante que revises bien el borrador de la Renta, ya que muchas veces no aparecen incluidas de forma automática. En el caso de la deducción estatal, debe comprobarse la casilla 0562, mientras que la deducción autonómica por alquiler figura en la casilla 0928.
Por este motivo, los expertos insisten en la importancia de repasar cuidadosamente todos los datos antes de presentar la declaración. Algunas ventajas fiscales deben incorporarse manualmente y, si no se revisan, el contribuyente puede perder un ahorro importante.
En un momento de precios al alza y fuerte presión sobre el mercado del alquiler, conocer y aplicar correctamente estas deducciones puede cambiar el resultado de la renta, y puedes pasar de pagar más impuestos o conseguir un ahorro significativo.
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