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Hacienda lo confirma: evita pagar impuestos al heredar una vivienda con este este trámite antes de que fallezcan tus padres

Esto debes hacer para evitar pagar impuestos en la donación de una vivienda

Lucía Feijoo Viera

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Muchos hijos miran con preocupación el momento de recibir la herencia de sus padres, especialmente por el pago de impuestos que conlleva, como el Impuesto de Sucesiones. Esto se vuelve más importante cuando hay una vivienda de por medio. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que existen fórmulas legales para reducir o incluso evitar este coste fiscal, siempre que los padres realicen determinados trámites en vida.

La donación de la nuda propiedad con reserva de usufructo es el mecanismo más eficaz, y uno de los más desconocidos, que tiene la Agencia Tributaria en este sentido. Esto permite reducir al mínimo el impacto fiscal al transmitir una vivienda de padres a hijos.

Las renuncias a herencias baten su récord para evitar asumir las deudas asociadas.

Así se aplica el método de la nuda propiedad / ED

Para beneficiarte de esto, debes cumplir algunos requisitos y conocer bien la normativa fiscal para evitar sorpresas con Hacienda.

¿Qué es la donación de la nuda propiedad?

Este sistema divide la propiedad de la vivienda en dos partes. Por un lado, la nuda propiedad, que es la titularidad legal del inmueble, y por otro el usufructo, que es el derecho a usarla, vivir en ella o alquilarla.

En la práctica, los padres donan en vida la nuda propiedad a sus hijos, pero conservan el usufructo vitalicio. Esto significa que pueden seguir viviendo en la casa o incluso obtener ingresos por ella, mientras que los hijos pasan a ser propietarios sobre el papel.

Cuando los padres fallecen, el usufructo se extingue automáticamente y se produce lo que se conoce como consolidación del dominio, es decir, el hijo pasa a tener la propiedad completa de la vivienda sin necesidad de incluirla en la herencia.

Canarias tiene una de las políticas fiscales más ventajosas respecto a otras comunidades. El Impuesto de Donaciones cuenta con una bonificación del 99,9% para transmisiones entre padres e hijos, lo que reduce el coste a una cantidad prácticamente simbólica. Además, cuando se produce la consolidación del dominio tras el fallecimiento, se mantienen esos beneficios fiscales, por lo que el impacto también es mínimo.

Esto ha convertido a Canarias en uno de los territorios más favorables para aplicar este tipo de planificación patrimonial. Los contribuyentes deben tener en cuenta que la bonificación del 99,9% solo se aplica a familiares directos: hijos, padres, abuelos o cónyuges. En el caso de hermanos, sobrinos u otros familiares, el impuesto puede dispararse.

Los impuestos de los que no te libras

A pesar de las ventajas, hay dos costes importantes que muchas veces se pasan por alto:

  • Plusvalía municipal: es un impuesto que se paga al ayuntamiento por el incremento de valor del suelo y que puede suponer un desembolso relevante.
  • IRPF de los padres: Hacienda considera que donar una vivienda genera una ganancia patrimonial. Es decir, si el inmueble vale más que cuando se compró, los padres deberán tributar por esa diferencia.

Eso sí, existe una excepción clave, si los padres tienen más de 65 años y se trata de su vivienda habitual, no tendrán que pagar nada en la declaración de la renta.

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