Ya es oficial: Hacienda confirma las fechas de cobro si la Declaración de la Renta te sale a pagar para los contribuyentes de Tenerife
Conocer los plazos que marca la Agencia Tributaria es clave para evitar recargos y multas

PI STUDIO
Los contribuyentes que ya han presentado la Declaración de la Renta y les ha salido a pagar han recibido una mala noticia, porque además de los impuestos que ya abonaron durante el año pasado a través de retenciones y pagos previos, ahora deberán hacer frente a una cantidad adicional dentro de los plazos fijados por Hacienda.
En estos casos, la Agencia Tributaria no da tanto margen como cuando es ella la que debe ingresar el dinero, por lo que conviene tener muy claras las fechas, las opciones disponibles y, sobre todo, las consecuencias de no cumplir a tiempo.
Hacienda quiere que pagues el IRPF
Que la declaración salga a pagar significa que durante 2025 se adelantó menos dinero del que correspondía en concepto de IRPF. Esto suele ocurrir en situaciones bastante habituales, como haber tenido dos pagadores, haber cobrado el paro o haber percibido ingresos extra con poca o ninguna retención. Ahora toca ajustar cuentas.

Así debes pagar tus impuestos / E.D.
A la hora de pagar, Hacienda ofrece varias alternativas. La más común es abonar todo el importe de una sola vez, normalmente mediante domiciliación bancaria. En ese caso, el cargo se realiza automáticamente el 30 de junio de 2026, último día de la campaña. Sin embargo, la opción más utilizada por los contribuyentes es el pago fraccionado, que permite dividir la deuda en dos partes sin intereses: un 60% se paga a finales de junio y el 40% restante se abona a principios de noviembre.
Para quienes no pueden asumir ni siquiera ese primer pago, existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento. En este caso, Hacienda aplica intereses de demora, que rondan el 4% anual. Aun así, suele ser una alternativa más razonable que dejar pasar los plazos.
Hacienda te multa si no pagas a tiempo
El calendario es estricto para quienes la renta les sale a pagar. Si se opta por domiciliar el pago, hay que presentar la declaración unos días antes del cierre de campaña, normalmente antes del 25 o 26 de junio. Si se pasa ese plazo, el contribuyente tendrá que pagar manualmente antes del 30 de junio.

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Si llega esa fecha y no se ha abonado la deuda, o si el banco devuelve el recibo por falta de saldo, Hacienda activa automáticamente los recargos. En el mejor de los casos, si el propio contribuyente regulariza la situación sin que la Agencia Tributaria intervenga, el recargo comienza en un 1% y va aumentando un 1% adicional por cada mes de retraso. Es la opción menos perjudicial.
Sin embargo, si es Hacienda quien detecta el impago y envía una notificación, la situación empeora. El recargo puede subir al 10% si se paga tras recibir el aviso, o incluso al 20% más intereses si se sigue sin cumplir. A partir de ahí, el siguiente paso es el embargo: primero en cuentas bancarias, después en nómina o pensión y, en casos más graves, sobre bienes.
Por eso, si la Renta sale a pagar, no te alarmes, aunque sí debes actuar con rapidez, porque en este caso, a diferencia de las devoluciones, el reloj de Hacienda no se detiene y cada día cuenta.
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