Ya ha entrado en vigor: Hacienda obliga a los beneficiarios del IMV a presentar la Declaración de la Renta si no quieren perder la ayuda
Los beneficiarios de esta ayuda de la Seguridad Social tienen obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria

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Daniel Tortajada
Casi tres millones de españoles que cobran el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se preguntan si están obligados a hacer la Declaración de la Renta. La respuesta de Hacienda es clara, y con independencia de la cuantía que cobren tienen que hacer todos lo mismo, ya que se trata de una de las obligaciones vinculadas a esta prestación de la Seguridad Social.
Aunque los ingresos de estas personas son muy bajos o, incluso, inexistentes, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social son claras: presentar la declaración no es opcional, sino una condición obligatoria para seguir cobrando el IMV.
Una obligación que no depende de los ingresos
A diferencia de lo que ocurre con la mayoría de contribuyentes, quienes reciben la prestación no pueden acogerse a los límites habituales que eximen de declarar. En este caso, la obligación no se basa en cuánto se gana, sino en el propio concepto de la ayuda.

Límites de rentas para pedir el IMV / El Día / Seguridad Social
La normativa establece que todos los beneficiarios deben presentar la Declaración de la Renta cada año. No solo debe hacerlo el titular, también están obligados todos los miembros de la unidad de convivencia.
Este requisito es claro, ya que el IMV no es una ayuda fija, sino un complemento que garantiza unos ingresos mínimos. Para calcularlo correctamente, la Administración necesita conocer con exactitud la situación económica real de cada hogar.
De este modo, el Fisco puede verificar si los beneficiarios siguen cumpliendo los requisitos de vulnerabilidad económica. También se pueden evitar fraudes o situaciones de economía sumergida, ya que obliga a declarar todos los ingresos de la unidad familiar y facilita el cruce de datos entre administraciones.
Pese a esta obligación, ni se paga a Hacienda ni se recibe devolución. Se trata de un trámite informativo imprescindible para mantener la ayuda activa.
¿Qué ocurre si no se presenta la Declaración de la Renta?
La Seguridad Social y Hacienda contemplan varios supuestos para estas personas:
- Suspensión automática del IMV: La consecuencia más inmediata es la paralización del pago. Una vez finaliza la campaña de la Renta, los sistemas de la Seguridad Social detectan automáticamente quién no ha cumplido con esta obligación. Si falta la declaración de cualquier miembro de la unidad familiar, el ingreso mensual del IMV se suspende de forma cautelar.
- Devolución de lo cobrado: El siguiente paso puede ser aún más grave. La Administración puede considerar que se han percibido cantidades de forma indebida y exigir su devolución. Esto implica que el beneficiario podría tener que reintegrar meses de ayuda, lo que en muchos casos supone una cantidad elevada difícil de asumir.
- Pérdida definitiva de la prestación: Si la situación no se regulariza, la suspensión puede convertirse en una extinción definitiva del derecho al IMV. En ese caso, sería necesario iniciar de nuevo todo el proceso de solicitud, con los tiempos de espera que ello conlleva.
- Posibles sanciones: Además, Hacienda puede imponer una multa por no presentar la declaración estando obligado. Aunque la cuantía suele ser reducida en estos casos, se suma al resto de consecuencias económicas.
Los expertos coinciden en que aunque no se tengan ingresos o el resultado sea cero, es fundamental presentar la Declaración de la Renta dentro del plazo si cobras el IMV.
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