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Confirmado por Hacienda: los regalos del Día del Padre se tendrán que declarar a la Agencia Tributaria

Hacienda puede considerar estos obsequios una donación o una ganancia patrimonial, por lo que podrían tener que declararse en la Declaración de la Renta

Este es el motivo por el que deberás declarar los regalos del Día del Padre

Este es el motivo por el que deberás declarar los regalos del Día del Padre / Fernando Villar

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Los padres que reciban regalos por el Día del Padre podrían llevarse una sorpresa con Hacienda. La Agencia Tributaria puede considerar estos obsequios que se dan el próximo 19 de marzo como donaciones, lo que implicaría la obligación de declararlos. Se trata de una práctica habitual en miles de hogares de Tenerife que, aunque pase desapercibida para muchas familias, está bajo el control del Fisco.

Los regalos del Día del Padre pueden ser un gran problema

Los regalos del Día del Padre pueden ser un gran problema / Freepik

Hacienda mantiene un criterio claro en este tipo de situaciones, al igual que ocurre con los regalos de boda, comunión o Reyes, estos obsequios pueden considerarse, desde el punto de vista fiscal, donaciones o ganancias patrimoniales si la Administración aplica la norma de forma estricta.

¿Por qué los regalos son donaciones para Hacienda?

Cualquier regalo, desde una corbata o una camisa, hasta una transferencia bancaria encaja dentro del concepto de donación para la Agencia Tributaria. Esto implica que debería tributar a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Según las normas tributarias, las donaciones son "transmisiones gratuitas e irrevocables de bienes en vida de una persona a otra, sin recibir contraprestación".

El problema es que la ley no establece un mínimo exento. Es decir, incluso un pequeño detalle de 20 o 50 euros tendría que declararse. Sin embargo, este planteamiento choca con la práctica diaria.

Los padres pueden estar muy tranquilos porque hacienda no les reclamará nada

Hacienda aplica el sentido común para estos casos y los "usos sociales". Este término se creó para englobar a los regalos del Día del Padre y otras celebraciones, que quedan fuera del radar fiscal.

Solo debes declarar estos regalos del día del padre

Solo debes declarar estos regalos del día del padre / Freepik

Desde la Agencia Tributaria se tomó esta decisión por varias razones. Una es que un regalo en sí no constituye ningún delito fiscal, porque la finalidad del mismo no es saltarse la ley con grandes fraudes de dinero. Otra es que el coste de investigar estos casos sería mayor que lo que se podría recaudar. Por ello, en la práctica, estos regalos ni se declaran ni se persiguen.

¿Cuándo sí hay que declarar a Hacienda?

El escenario cambia cuando el regalo deja de ser simbólico y pasa a representar un incremento patrimonial importante, como pueden ser viviendas, coches o terrenos que se 'regalan' con motivo de alguna celebración especial. En esos casos, sí existe obligación de declarar porque el cambio de titularidad deja rastro administrativo, lo que activa automáticamente el control fiscal.

Además, las transferencias elevadas o ingresos en efectivo pueden levantar sospechas, especialmente si superan ciertos umbrales:

  • Movimientos en efectivo superiores a 3.000 euros
  • Transferencias de miles de euros sin justificar
  • Operaciones con billetes de 500 euros

Los bancos están obligados a informar de estas operaciones, lo que puede derivar en una inspección. También entran aquí las acciones o los fondos de inversión, que deben declararse al implicar transmisión de patrimonio.

Las multas por 'no declarar' los regalos gordos

Si Hacienda detecta una donación no declarada, inicia un procedimiento que suele empezar con un requerimiento para justificar el origen del dinero o del bien recibido. Si se confirma que se trata de un regalo, la Agencia Tributaria exigirá el pago del impuesto correspondiente y una sanción económica que varía según el grado de gravedad:

  • Leves: hasta el 50% del impuesto no pagado
  • Graves: entre el 50% y el 100%
  • Muy graves: entre el 100% y el 150%

Es decir, el coste final puede multiplicarse considerablemente. Hay una diferencia clave si el contribuyente regulariza la situación antes de que Hacienda actúe. En ese caso, no hay sanción como tal, sino recargos: un 1% inicial y otro 1% adicional por cada mes de retraso.

Por eso, si le vas a hacer un regalo a tu padre o tú eres quien lo va a recibir, debes estar muy tranquilo, salvo que te vayan a dar un coche o una casa.

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