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Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: los trabajadores canarios que se pongan malos durante las vacaciones, tienen derecho a recuperar los días

Trabajo reconoce permite suspender las vacaciones si hay baja médica y disfrutarlas más adelante

Cinco abusos laborales que no debes aceptar estas vacaciones

PI STUDIO

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Ponerse enfermo durante las vacaciones es una de las situaciones más frustrantes para cualquier trabajador. Cada año, miles de empleados canarios ven cómo deben pasar esos días de descanso en casa o en el hospital, sin poder disfrutarlos. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a recuperar las vacaciones cuando coinciden con una incapacidad temporal, garantizando que el empleado no pierda esos días si cumple los requisitos legales.

La ley protege este derecho y permite recuperar los días de descanso no disfrutados. El abogado laboralista Juanma Lorente revela un mecanismo totalmente legal para "paralizar las vacaciones" si aparece una enfermedad y no perder esos días.

El Estatuto de los Trabajadores

La base está en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en su artículo 38. Este artículo establece que las vacaciones anuales tienen como finalidad el "descanso efectivo del trabajador" y, por tanto, no pueden coincidir con situaciones que impidan ese descanso, como una incapacidad temporal.

Esto significa que, si un trabajador enferma durante sus vacaciones y esa enfermedad requiere baja médica, esos días dejan de computar como vacaciones y pasan a considerarse días de incapacidad temporal.

Juanma Lorente explica que el procedimiento para cambiar los días de vacaciones por enfermedad es sencillo. Cuando el trabajador se encuentra enfermo durante sus vacaciones, puede acudir a su médico y solicitar la baja médica si el estado de salud lo justifica. Desde ese momento, las vacaciones quedan suspendidas.

Durante el tiempo que dure la baja médica, el trabajador no consume días de vacaciones. Una vez recibe el alta médica, podrá retomar las vacaciones pendientes en otro momento.

Requisitos para no perder las vacaciones

Para que el trabajador pueda recuperar esos días, es fundamental cumplir con estas obligaciones:

  • Obtener la baja médica oficial que acredite la incapacidad temporal.
  • Comunicar la situación a la empresa lo antes posible.
  • Aportar el parte de baja y posteriormente, el parte de alta.
  • Solicitar el disfrute de los días de vacaciones pendientes una vez finalizada la baja.

Si no existe parte médico, la empresa puede considerar que las vacaciones se han disfrutado con normalidad.

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La jurisprudencia y la normativa distinguen entre distintos supuestos:

  • Enfermedad común o accidente no laboral durante las vacaciones.
  • Accidente laboral o enfermedad profesional.
  • Situaciones de hospitalización o incapacidad que impidan el descanso real.

En todos estos casos, el trabajador tiene derecho a recuperar las vacaciones no disfrutadas.

El Estatuto de los Trabajadores también establece límites temporales. Si la baja se prolonga en el tiempo y coincide con el final del año natural, el trabajador podrá disfrutar de las vacaciones pendientes incluso fuera del año en curso, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en el que se generaron.

Enfermar durante las vacaciones no implica perderlas. La ley protege el derecho al descanso real y permite suspender las vacaciones mediante una baja médica.

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