Fin al conflicto entre Iberdrola y Usagre
El Supremo zanja el litigio por la central fotovoltaica de Usagre (Badajoz) y respalda a Iberdrola
El alto tribunal permite que la planta solar de Usagre siga funcionando y obliga a mantener el contrato de arrendamiento con los dueños del terreno

La fotovoltaica de Usagre
EFE
El Tribunal Supremo ha zanjado el litigio que enfrentaba a Iberdrola y a los propietarios de los terrenos donde se ubica la central fotovoltaica Núñez de Balboa en Usagre (Badajoz), una de las mayores de Europa, con lo que la planta podrá seguir funcionando con normalidad.
En una sentencia fechada el pasado 12 de junio a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso del alto tribunal estima el recurso presentado por Núñez de Balboa contra una fallo de mayo de 2022 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).
Vuelve la normalidad a la planta de Usagre
Este último tribunal acordó que Iberdrola debía desmantelar la planta, cuya construcción se inició en 2019, y devolver a su dueño las 500 hectáreas sobre las que está asentada por considerar que fueron expropiadas de manera ilegal.
El tribunal respondía así al recurso presentado por Natura Manager S.L, propietaria de los terrenos, contra la Administración General del Estado, concretamente contra el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, y como parte codemandada figuraba el proyecto fotovoltaico Núñez de Balboa, promovido por Iberdrola.
Natura Manager cuestionaba la Declaración de Utilidad Pública (DUP) otorgada a este proyecto en octubre de 2018 por la Dirección General de Política Energética y Minas.
El justiprecio deberá devolverse
Tras un largo periplo judicial que ha alcanzado al Tribunal de Cuentas, a la Junta de Extremadura y distintos tribunales de instancia, el Supremo da por zanjada la cuestión y se retrotrae a la situación inicial.
De este modo, el Tribunal Supremo considera vigente el contrato de arrendamiento de 25 años suscrito entre las partes, con lo que Iberdrola tendrá que abonar las rentas correspondientes, y el propietario a su vez tendrá que devolver el justiprecio recibido con motivo de la expropiación, 3,3 millones de euros.
El Supremo entiende que "había un contrato de arrendamiento para la instalación, precisamente, de una planta fotovoltaica, y no constando que haya sido resuelto no hay nada que restituir, salvo la titularidad de los terrenos expropiados, que corresponde a la arrendadora".
Expropiación
Sólo en caso de producirse una resolución del contrato podrá la promotora -Iberdrola- instar la expropiación -que el Supremo entiende que se hizo "indebidamente"- por la vía de urgencia, añade la sentencia.
Asimismo, los magistrados recuerdan que una infraestructura de esta entidad, para cuya ejecución se expropiaron numerosas fincas "no puede ser desmantelada para una restitución 'in natura' -como estaba al principio- de unos determinados terrenos".
La planta fotovoltaica Núñez de Balboa fue puesta en funcionamiento el 6 de abril de 2020 con una potencia instalada de 500 megavatios y una inversión cercana a 300 millones de euros, y genera energía limpia para abastecer las necesidades de 250.000 personas al año (población equivalente a Cáceres y Badajoz).
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