Un abogado revela el truco para que "no tengas que pagar ni un euro al heredar"

El experto en materia económica y legal 'lawtips' explica cómo ahorrarte el Impuesto de Sucesiones y Donaciones usando el dinero de las cuentas bancarias del fallecido

Gonzalo Bernardos avisa sobre las herencias: esta es la solución para no perder dinero

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Cuando un familiar o un ser querido fallece todo son malas noticias. Al duelo por la muerte se debe sumar el resto de papeleo, trámites burocráticos y dinero que se gasta en el entierro. Además, las personas que reciben la herencias tienen que estar preparados para abonarle a Hacienda el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, existe un método autorizado por la Agencia Tributaria con el que puedes utilizar el dinero del fallecido para pagar el tributo sin gastar nada de tu bolsillo.

Recibir una herencia puede parecer una buena noticia, pero también conlleva una carga económica en la mayoría de ocasiones. Salvo con alguna excepción, siempre se tiene que pagar el Impuesto de Sucesiones. Este tributo debe abonarse a Hacienda antes de poder disponer legalmente de los bienes heredados.

Por esto, esta condición ha sido una de las principales barreras para muchas personas que, al no tener liquidez, se ven obligadas a renunciar a lo heredado o endeudarse para cumplir con la ley.

No pagues el impuesto con tu dinero

El abogado y creador de contenido @lawtips ha publicado en TikTok un vídeo en el que ha explicado la vía legal para evitar pagar el impuesto de sucesiones con dinero propio, porque según detalla, es posible utilizar el dinero del fallecido para liquidar el tributo.

"Existe una forma de recibir una herencia sin pagar nada de tu bolsillo", asegura el experto. El procedimiento consiste en acudir al banco donde el fallecido tenía su cuenta con la documentación necesaria para acreditar la herencia. Estos documentos son:

  • Certificado de defunción
  • Testamento o declaración de herederos
  • DNI de los herederos
  • Certificado de últimas voluntades

Una vez presentada esa documentación, se solicita al banco que emita un cheque a Hacienda utilizando fondos de la cuenta del fallecido. Como señala Lawtips, el banco está obligado a hacerlo, sin aplicar comisiones, siempre que el dinero esté disponible. "El cheque tiene que ser solo por el importe del impuesto. Así tú te olvidas y cobras", dice el abogado.

También se puede aceptar la herencia a beneficio de inventario

Además del truco principal, el abogado recomienda siempre aceptar la herencia a beneficio de inventario, una fórmula legal que permite proteger el patrimonio del heredero frente a las posibles deudas del fallecido. Así, solo se responderá con los bienes heredados, y no con los propios del heredero.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?

El impuesto de sucesiones es un tributo estatal, pero está gestionado por las comunidades autónomas y grava la transmisión de bienes y derechos por causa de fallecimiento. Su cuantía varía según el valor de la herencia, el grado de parentesco y la comunidad donde resida el fallecido. En algunas regiones está casi bonificado al 100 %, mientras que en otras puede suponer miles de euros de desembolso, incluso por herencias modestas.

En estas comunidades se paga muy poco o prácticamente nada, sobre todo cuando la herencia se transmite entre padres e hijos o entre cónyuges:

  • Madrid: Bonificación del 99% en la cuota para herencias entre padres e hijos, cónyuges y adoptantes/adoptados.
  • Andalucía: Bonificación del 99% para herederos del grupo I y II (descendientes, ascendientes, cónyuges). Además, hay mínimos exentos muy altos (hasta 1 millón de euros por heredero en algunos casos).
  • Murcia: Bonificación del 99% para herencias entre familiares directos.
  • Extremadura: Bonificación del 99% para grupos I y II.
  • Islas Baleares: Tipo reducido del 1% para herencias entre padres e hijos o entre cónyuges.
  • Cantabria: Bonificación del 100% para los primeros 100.000 € heredados entre familiares directos, y bonificación progresiva para importes superiores.
  • Canarias: Bonificación del 99,9% para familiares directos.
  • Castilla y León: Bonificación del 99% para herencias entre familiares del grupo I y II.
  • La Rioja: Bonificación del 99% para herencias entre padres e hijos y cónyuges.

En Galicia, Aragón, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana tienen reducciones relevantes, pero con más condiciones, como la edad del heredero, tener ungrado de discapacidad, el importe de la herencia, etc.

En Asturias, Cataluña se paga más este impuesto, aunque todo depende del tipo de heredero y el importe. Aún así, tienen los regímenes que más gravan, aunque han ido introduciendo mejoras en los últimos años.

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