Hasta 2.000 euros extra en la pensión: la ayuda que muchos autónomos no piden
La Seguridad Social ofrece un complemento mensual por hijo para progenitores que hayan visto afectada su carrera laboral por la crianza. Así puedes solicitarlo

Una pareja revisa sus cuentas en una imagen de archivo.
Miles de autónomos jubilados podrían estar dejando de cobrar una ayuda que aumenta la pensión anual en más de 500 euros por hijo, gracias al complemento por brecha de género de la Seguridad Social. Actualizado para 2025, este incentivo se aplica automáticamente si se cumplen los requisitos y puede alcanzar más de 2.000 euros anuales en familias con cuatro hijos o más.
¿Qué es el complemento por brecha de género?
El complemento para la reducción de la brecha de género es una ayuda mensual añadida a las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Su objetivo es compensar el impacto laboral que tiene la crianza de los hijos, una carga que históricamente ha recaído mayoritariamente sobre las mujeres, aunque también puede beneficiar a hombres.
Fue introducido en 2021 y sustituye al anterior complemento por maternidad, ampliando su alcance a ambos progenitores siempre que cumplan ciertas condiciones.
¿Cuánto se cobra en 2025?
En 2025, este complemento se revaloriza con un incremento cercano al 8% (IPC más un extra del 5%), fijando la cuantía mensual por hijo en 35,90 euros, abonados en 14 pagas anuales. Esto se traduce en las siguientes cantidades:
Número de hijos Importe mensual Importe anual
1 hijo/a 35,90 € 502,60 €
2 hijos/as 71,80 € 1.005,20 €
3 hijos/as 107,70 € 1.507,80 €
4 o más hijos/as 143,60 € 2.010,40 €
Este complemento se cobra automáticamente junto a la pensión una vez aprobado y puede marcar una diferencia importante en la pensión total, sobre todo para autónomos con bases de cotización más reducidas.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden acceder al complemento tanto madres como padres, siempre que cumplan los siguientes requisitos generales:
- Estar dados de alta o en situación asimilada en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social, incluido el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Ser titular de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- Que la pensión tenga fecha de inicio a partir del 4 de febrero de 2021.
- Tener uno o más hijos nacidos o adoptados e inscritos en el Registro Civil.
Requisitos específicos para padres
Aunque la ayuda está orientada principalmente a mujeres por la desigualdad histórica en cotizaciones, los hombres también pueden recibirla si demuestran que la paternidad afectó negativamente a su carrera laboral.
Los criterios son distintos según la fecha de nacimiento o adopción:
- Hasta el 31 de diciembre de 1994: deben acreditar más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses previos y los tres años posteriores al nacimiento o adopción.
- Desde el 1 de enero de 1995: la suma de las bases de cotización en los 24 meses siguientes al nacimiento debe ser al menos un 15% inferior a la de los 24 meses anteriores.
Si ambos progenitores cumplen los requisitos, el complemento se asignará por defecto:
- Al que tenga la pensión inicial de menor cuantía.
- O, si solo uno cumple los criterios específicos, a esa persona (generalmente la madre).

Un hombre revisa las facturas. / ED
¿Cómo solicitarlo?
El complemento por brecha de género puede solicitarse junto con la pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. El trámite es sencillo y se puede hacer de varias formas:
Vías disponibles:
- Online:
- A través del portal Tu Seguridad Social, usando certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
- Sin certificado:
- Desde la Sede Electrónica del INSS, con un formulario específico para trámites sin identificación electrónica.
- Presencialmente:
- En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), con cita previa.
Durante el proceso, se debe marcar la casilla del complemento y aportar la información de los hijos (nombre, fecha de nacimiento o adopción).
Compatibilidad y vigencia
- El complemento solo puede ser recibido por uno de los progenitores por cada hijo.
- Si se tiene derecho en varios regímenes (por ejemplo, general y autónomos), se aplicará en el que tenga más días cotizados.
- Se mantendrá en vigor mientras la brecha de género en las pensiones sea superior al 5%, evaluada anualmente.
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