¿Se puede cobrar la pensión de viudedad junto al paro o la jubilación? Esto es lo que dice la Seguridad Social

Esta prestación es compatible con diversas ayudas y rentas, pero hay límites y excepciones que conviene conocer

¿Se puede cobrar la pensión de viudedad junto al paro o la jubilación? Esto es lo que dice la Seguridad Social

¿Se puede cobrar la pensión de viudedad junto al paro o la jubilación? Esto es lo que dice la Seguridad Social

La pensión de viudedad es una ayuda económica vital para muchas personas que han perdido a su pareja, pero una de las dudas más frecuentes es si se puede cobrar junto a otras prestaciones como el paro, la jubilación o incluso ingresos por trabajo. La respuesta general es sí, pero con matices importantes. La Seguridad Social establece una serie de compatibilidades, límites y requisitos que conviene conocer para evitar errores o cobros indebidos.

Compatibilidad con el paro y subsidios por desempleo

La pensión de viudedad sí es compatible con la prestación contributiva por desempleo, siempre que se cumplan los requisitos para acceder al paro, es decir, haber cotizado lo suficiente y encontrarse en situación legal de desempleo. Ambas ayudas se pueden cobrar a la vez, aunque hay que vigilar que la suma de ambas no supere los límites máximos fijados por ley.

También es posible compatibilizar la pensión de viudedad con distintos subsidios por desempleo gestionados por el SEPE, como:

  • Subsidio por insuficiencia de cotización
  • Ayuda familiar
  • Subsidio para mayores de 45 años
  • Subsidio para mayores de 52 años
  • Renta Activa de Inserción (RAI)
  • Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

En estos casos, el límite más importante es el de rentas: normalmente, no se puede superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) excluidas las pagas extra.

Compatibilidad con pensiones de jubilación e incapacidad

También es posible cobrar la pensión de viudedad junto con una pensión de jubilación propia, tanto contributiva como no contributiva. Eso sí, hay un límite legal: la suma total de ambas pensiones no puede superar el tope máximo de pensión pública, que en 2024 es de 3.175,04 euros al mes (44.450,56 euros al año).

Este mismo límite se aplica a la compatibilidad con pensiones por incapacidad permanente, ya sean en grado total, absoluta o gran invalidez.

¿Y si se generan dos pensiones de viudedad?

En los casos poco frecuentes en que una persona tenga derecho a dos pensiones de viudedad distintas (por ejemplo, de dos cónyuges fallecidos en momentos diferentes), no se pueden cobrar ambas. La persona deberá elegir una de ellas.

Compatibilidad con ingresos del trabajo

Una de las compatibilidades más claras y ventajosas es la del trabajo. La pensión de viudedad es totalmente compatible con el salario o los ingresos como autónomo, sin reducciones en la cuantía. Eso sí, estos ingresos computarán a efectos de IRPF, por lo que pueden afectar a la fiscalidad del beneficiario.

La pensión de viudedad es compatible con el salario de un trabajo.

La pensión de viudedad es compatible con el salario de un trabajo. / ED

Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Vital y otras ayudas

La pensión de viudedad es compatible con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque se tiene en cuenta como ingreso para calcular si se cumple el umbral. Si los ingresos del hogar (incluida la viudedad) no alcanzan la renta garantizada por el IMV, se puede cobrar este como complemento.

También es compatible con otras prestaciones como:

  • Prestaciones por incapacidad temporal (baja médica)
  • Prestaciones por nacimiento y cuidado del menor (maternidad/paternidad)
  • Subsidio por riesgo durante el embarazo o lactancia

Cómo solicitar la pensión de viudedad

La solicitud debe presentarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el formulario oficial y la documentación que acredite el vínculo con la persona fallecida y el cumplimiento de los requisitos. Esta pensión se abona mensualmente e incluye dos pagas extraordinarias al año, en junio y noviembre.

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