¿Perderás tu pensión de viudedad si encuentras una nueva pareja? Esto es lo que dice la Ley

Descubre qué ocurre con tu pensión de viudedad si te casas de nuevo o formas una pareja de hecho

¿Perderás tu pensión de viudedad si encuentras una nueva pareja? Esto es lo que dice la Ley

¿Perderás tu pensión de viudedad si encuentras una nueva pareja? Esto es lo que dice la Ley

La pensión de viudedad es un respaldo económico para quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho. Sin embargo, muchas personas se preguntan: ¿seguiré recibiéndola si decido rehacer mi vida sentimental? La respuesta depende de varios factores y excepciones contempladas en la normativa de la Seguridad Social.

¿Qué ocurre con la pensión de viudedad si tienes una nueva pareja?

Si eres beneficiario de una pensión de viudedad, puedes iniciar una nueva relación sin que esto afecte a tu prestación. No obstante, la situación cambia si decides casarte nuevamente o registrar una pareja de hecho, ya que en la mayoría de los casos esto implica la pérdida del derecho a la pensión.

Casos en los que NO pierdes la pensión de viudedad

Existen circunstancias en las que es posible mantener la pensión de viudedad a pesar de volver a casarse o formar una pareja de hecho. Estas son:

  • Tener 61 años o más en el momento del nuevo matrimonio o inscripción de la pareja de hecho.
  • Contar con una discapacidad igual o superior al 65%, independientemente de la edad.
  • Ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente.
  • Que la pensión de viudedad constituya la única fuente de ingresos o al menos represente el 75% de los ingresos anuales.
  • Que la suma de los ingresos anuales junto con los de la nueva pareja no supere el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

En caso de fallecimiento de la nueva pareja, solo podrá cobrarse una de las dos pensiones de viudedad, por lo que el beneficiario deberá elegir cuál percibir.

Motivos por los que se puede perder la pensión de viudedad

Además del matrimonio o la inscripción de una nueva pareja de hecho, hay otras situaciones excepcionales en las que se revoca la pensión de viudedad:

  • Si se demuestra que el beneficiario fue culpable del fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho.
  • Si la persona fallecida reaparece tras haber sido dada por muerta o desaparecida.
Si la persona reaparece tras ser dada por muerta, perderás la pensión de viudedad.

Si la persona reaparece tras ser dada por muerta, perderás la pensión de viudedad. / ED

¿Cuánto se cobra de pensión de viudedad?

El importe de la pensión de viudedad se calcula como un porcentaje de la base reguladora de la persona fallecida. En general, la cuantía corresponde al 52% de la base reguladora, aunque puede aumentar en ciertos casos.

Si la persona fallecida ya era pensionista, se toma como referencia la base reguladora utilizada para calcular su pensión de jubilación o incapacidad, ajustada con las revalorizaciones aplicadas desde entonces. En 2024, esta prestación se ha revalorizado un 2,8% respecto al año anterior, con una subida adicional para las pensiones mínimas de viudedad.

Compatibilidad de la pensión de viudedad con otras prestaciones

Esta prestación es compatible con:

  • Pensión de jubilación.
  • Pensión por incapacidad permanente.
  • Rentas por trabajo (se puede trabajar y seguir cobrándola).
  • Prestaciones y subsidios por desempleo, como el subsidio para mayores de 52 años (siempre que los ingresos totales no superen el 75% del SMI).
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