Declaración de la renta 2024: ¿debes declarar si estás jubilado? Descubre los límites y exenciones

Consulta en qué casos debes presentar la declaración de la renta si eres pensionista, cuáles son las exenciones y cómo declarar las pensiones en el extranjero

Declaración de la renta 2024: ¿debes declarar si estás jubilado? Descubre los límites y exenciones

Declaración de la renta 2024: ¿debes declarar si estás jubilado? Descubre los límites y exenciones

La campaña de la renta 2024 genera muchas dudas entre los pensionistas. La pensión de jubilación se considera un rendimiento del trabajo sujeto al IRPF, pero no todos los jubilados están obligados a declarar. Aquí te explicamos qué pensionistas deben presentar la declaración y quiénes están exentos. Pincha aquí para más información de la Agencia Tributaria.

¿Quiénes deben declarar la renta 2024?

Según la normativa vigente, deben presentar la declaración aquellos pensionistas que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos superiores a 22.000 euros brutos anuales si provienen de un solo pagador.
  • Ingresos superiores a 15.000 euros anuales si hay más de un pagador, siempre que el segundo y siguientes superen los 1.500 euros anuales (en la campaña de 2025, esta cifra subirá a 2.500 euros).
  • Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales con retención o ingreso a cuenta, si superan los 1.600 euros anuales.
  • Perceptores del Ingreso Mínimo Vital o integrantes de su unidad familiar.
  • Ingresos por alquileres superiores a 1.000 euros anuales, incluso si la pensión es inferior a 15.000 euros anuales.

Pensiones del extranjero: ¿cómo declararlas?

Si recibes una pensión del extranjero, Hacienda la considera como un segundo pagador. Si supera los 1.500 euros anuales, estarás obligado a presentar la declaración. No obstante, puedes aplicar deducciones por doble imposición internacional para evitar tributar dos veces por los mismos ingresos.

¿Quiénes están exentos de declarar?

Algunos pensionistas no están obligados a declarar, dependiendo del origen de sus ingresos:

  • Pensionistas con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez: estas pensiones están exentas de IRPF, según el artículo 7 de la Ley 35/2006.
  • Pensionistas que reciben pensiones por actos de terrorismo: están exentas de tributación.
  • Pensionistas que perciben pensiones de orfandad o en favor de familiares: exentas si provienen de la Seguridad Social o del régimen de Clases Pasivas.
Los pensionistas con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentos de presentar la declaración de la renta.

Los pensionistas con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentos de presentar la declaración de la renta. / ED

Ganancias patrimoniales exentas: ¿cuándo no se tributa?

Hacienda establece que algunas ganancias patrimoniales no tributan en la renta:

  • Venta de la vivienda habitual por pensionistas mayores de 65 años que hayan residido en ella los últimos tres años.
  • Transmisión de bienes patrimoniales con reinversión en una renta vitalicia asegurada (hasta 240.000 euros).
  • Hipotecas inversas para mayores de 65 años.
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