Informan sobre la posibilidad de agregar un 'plus' a la pensión de muchos jubilados
Este suplemento se enfoca principalmente en mujeres, aunque hay situaciones específicas en las que el padre también puede recibirlo, dependiendo de las circunstancias individuales

Dos pensionistas conversan mientras descansan en un banco.
En el año 2021, entró en vigor el complemento destinado a reducir la brecha de género en España. Su objetivo principal era abordar el perjuicio profesional experimentado por aquellos progenitores que asumen el papel principal en el cuidado de los hijos.
Este complemento opera como un adicional que pueden recibir los pensionistas, dependiendo del tipo de pensión que perciban (incapacidad, viudedad o jubilación). Además, es posible obtenerlo incluso si se recibe la pensión máxima establecida.
Según información proporcionada por el INSS en su página web, este extra beneficia a todas las pensiones aprobadas a partir de dicha fecha. En el año 2023, la cantidad asignada por cada hijo es de 30,40 euros al mes, lo que equivale a 425,60 euros al año.
Este complemento opera como un adicional que pueden recibir los pensionistas, dependiendo del tipo de pensión que perciban (incapacidad, viudedad o jubilación)
Claves para conseguir este complemento
Tanto en 2024 como en 2025, se prevé un aumento del 10% en el complemento, según lo estipulado en la segunda reforma de las pensiones. Los requisitos para acceder a este beneficio incluyen estar jubilado, tener hijos y contar con una pensión contributiva.
Para los nacimientos anteriores a 1995, existen requisitos especiales que incluyen un mínimo de 120 días de ausencia de cotización en el periodo que abarca desde los 9 meses previos al nacimiento hasta los 3 años posteriores.

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A partir de 1995, la condición cambia: la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento debe ser al menos un 15% menor que la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al mismo.
Este complemento adicional solo puede ser percibido por una de las dos personas de la pareja, principalmente dirigido a las mujeres debido a que, según la Seguridad Social, "sufren más el impacto de tener un hijo" en su carrera laboral. No obstante, los padres también pueden solicitarlo, siempre y cuando hayan experimentado mayores perjuicios en sus trayectorias profesionales. En el caso de parejas del mismo sexo, el beneficio se otorgará a quien tenga una pensión menor.
Este complemento adicional solo puede ser percibido por una de las dos personas de la pareja, principalmente dirigido a las mujeres debido a que, según la Seguridad Social, "sufren más el impacto de tener un hijo"
Qué requisitos hay que cumplir para recibirlo
En el caso de que los padres deseen recibir este complemento, deben estar percibiendo una pensión y cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
Contar con una pensión de viudedad debido al fallecimiento del otro progenitor de los hijos en común, siempre que alguno de los hijos tenga derecho a recibir una pensión de orfandad.
Tener una pensión contributiva de jubilación.

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Disponer de una pensión de incapacidad permanente.
Además, el requisito fundamental para ser elegible para este beneficio es haber interrumpido o visto afectada la carrera profesional debido al nacimiento o adopción de algún hijo.
Según la Seguridad Social, no se reconocerá el derecho a recibir este extra en el caso de un padre o madre en una situación específica, que es cuando "haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial".