Novedad importante en el SEPE: subsidio para desempleados con hijos y sin cotización mínima

La ayuda, de 480 euros al mes, está vinculada a un máximo de ingresos del solicitante

Sube el paro por tercer mes consecutivo

Atlas Agencia

Santa Cruz de Tenerife

En medio de la encrucijada generada por la espera de la aprobación gubernamental para la reforma de los actuales subsidios por desempleo, una pugna evidente entre los ministerios de Trabajo y Economía, el modelo actual persiste. Este esquema, que divide las ayudas según las características del parado, destaca por el subsidio por cotizaciones insuficientes.

Cuando un trabajador se encuentra sin empleo después de un año, surge el derecho a una prestación contributiva por desempleo, conocida comúnmente como el "paro". Esta prestación ampara a aquellos que, teniendo la capacidad y la voluntad de trabajar, pierden su empleo de manera temporal o permanente, o ven reducida su jornada de trabajo entre un 10% y un 70%.

No obstante, para aquellos que quedan desempleados poco después de ser contratados y no han acumulado cotizaciones suficientes para acceder a la prestación contributiva por desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla un subsidio de 480 euros.

La duración de este subsidio variará según el tiempo trabajado y si el desempleado tiene responsabilidades familiares. La administración considera responsabilidades familiares cuando el desempleado tiene a su cargo al cónyuge o a algún hijo menor de 26 años, mayor con discapacidad, o personas menores acogidas.

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Oficina de empleo en Santa Cruz de Tenerife / El Día

Condiciones

Estos deben convivir o depender económicamente del desempleado y no tener ingresos mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. En 2023, este límite es de 810 euros mensuales, el 75% del SMI elevado a 1.080 euros.

Si existen responsabilidades familiares, el subsidio puede cobrarse durante 3, 4 o 5 meses, según haya cotizado 3, 4 o 5 meses en un régimen de la Seguridad Social que incluya la contingencia de desempleo. En cambio, puede extenderse a 21 meses si la cotización fue de 6 meses o más.

En el caso de desempleados sin responsabilidades familiares y con una cotización de medio año o más, el subsidio tiene una duración de 6 meses.

Aunque las cotizaciones sean limitadas, el contador de cotizaciones se reiniciará si se solicita este subsidio. Por tanto, el afectado debe sopesar si agotarlas al solicitar esta ayuda o acumularlas hasta haber cotizado un año para acceder a la prestación contributiva.

Es fundamental que el desempleado esté inscrito como demandante de empleo, es decir, apuntado al paro en un plazo de 15 días desde la situación legal de desempleo, y suscriba el compromiso de actividad. Este subsidio debe solicitarse en los 15 días hábiles siguientes al cese en el trabajo, añadiendo una capa de complejidad temporal al proceso.

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