Para todos es sabido que la vara de medir a los autónomos es distinta sobre el resto de trabajadores. Esto se debe a que en España hay un modelo diferente de cotización a la Seguridad Social. A su vez, cuentan con diferencias en el ámbito fiscal, en concreto al presentar la Declaración de la Renta sobre el IRPF.
Una de las cosas más buscadas por los autónomos son las formas en las que poder añadir diferentes deducciones en la Declaración de la Renta. Por ello, estos profesionales que teletrabajan desde casa deben estar muy atentos.
Su aumento ha sido significativo desde la llegada de la pandemia del Covid-19, y los trabajadores autónomos que teletrabajan cuenta con diferentes deducciones que tal vez no conozcan y que pueden darles una buena noticia.
La luz y el agua
Si nos ponemos a leer las excepciones con las que cuentan los autónomos que teletrabajan, encontramos muy importante una sobre los suministros domésticos. Es decir, pueden acogerse a una deducción del 30% de los suministros de luz y agua.
No se trata de una deducción completa, pero al menos si de una parte proporcional de la vivienda en la que se realiza nuestro trabajo.
Una sentencia que afecta de lleno a los autónomos
Durante el último verano de 2023, el Tribunal Económico-Administrativo Central expuso una nueva resolución. En ella, queda plausible que se podría modificar la declaración del IVA de los autónomos cuando estos trabajan desde sus domicilios.
Se crea una jurisprudencia al dar la razón a dos trabajadores autónomos para deducirse el impuesto que suponen los gastos de agua, luz y gas en la parte proporcional de la casa donde ejerce su profesión en calidad de teletrabajo.
También están los gastos deducibles
Hay una serie de gastos que también pueden ser deducibles en el IRPF. Estos son aquellos que la Agencia Tributaria permite deducir a los aurónomos de sus gastos e ingresos. Con esto se puede calcular los beneficios que le llegan de su actividad.
Es importante saber que, para que Hacienda considere un gasto como deducible, este debe tener una vinculación directa con la actividad realizada por parte del autónomo en su trabajo. De esta manera, Hacienda controla y regula todos los gastos que pueden ser deducibles.
Entre los consumos domésticos, te dejamos una lista de lo que los autónomos pueden deducir: consumos de explotación, cuotas de cotización, sueldos y salarios, arrendamientos y cánones, reparaciones y conservación, gastos por dietas de manutención o servicios profesionales independientes.
En función de la actividad laboral que realice cada trabajador autónomo, podrá deducir unos u otros gastos en el momento de realizar la Declaración de la Renta del ejercicio anterior.