NÓMINA

Nómina en 2023: si cobras esta cantidad, te podrían embargar una parte

Por ley hay una parte del sueldo inembargable

La nómina puede quedar enbargada si no cumples estos requisitos

La nómina puede quedar enbargada si no cumples estos requisitos

Los trabajadores asalariados con deudas o impagos pueden ver cómo las autoridades pertinentes solicitan a sus respectivas empresas el embargo de parte de sus nóminas hasta que salden cuentas, una solicitud que los empleadores deberán atender si no quieren ser considerados responsables subsidiarios del pago.

Sin embargo, hay una parte del salario inembargable: el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2023 ha quedado fijado en 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, o en 1.260 euros brutos al mes si se reciben 12 pagas.

Esto, establecido por ley, implica que sólo si una nómina supera el SMI es susceptible de embargo parcial si así lo ordena un juez o la autoridad tributaria.

Para cobrar las deudas, sobre la cantidad que supera el SMI se establecen unos baremos por tramos para ir recuperando lo que se debe. Así, para sueldos de entre 1.080 y 2.160 euros se puede embargar un 30 % al mes; para sueldos de entre 2.160 y 3.240 euros, un 50 % del tramo; si se cobra entre 3.240 y 4.320 euros, un 60 %; para sueldos de entre 4.320 y 5.400 euros, un 75 %; y para salarios superiores a 5.400 euros, hasta un 90 % de la cantidad que exceda el SMI.