Agencia Tributaria

Hacienda pone el ojo en el dinero de las comuniones: esto pasa si no declaras

Si se excede de una determinada cantidad de dinero, tributará como Impuesto de Donaciones

Siempre que se acercan periodos clave como la Navidad, la declaración de la Renta o las bodas, bautizos y comuniones, los ciudadanos comienzan a preocuparse por un aspecto central en este tipo de eventos: el dinero y los impuestos que se pagan por él.

Aunque no es lo más importante, los regalos siempre son bienvenidos y forman parte de las costumbres más arraigadas en este tipo de celebraciones. Todavía hay quien elabora las largas listas de regalos en superficies como El Corte Inglés a la que pueden acudir los invitados para elegir con qué quieren obsequiar al homenajeado de entre todos los artículos que ha seleccionado previamente. También hay quien se arriesga y elige por su cuenta algo que cree que va a gustar a la otra persona.

Hay que declarar el dinero regalado

Pero, en la mayoría de ocasiones, el regalo es mucho más sencillo: un sobre con dinero o una transferencia bancarias. Tanto es así que en muchas invitaciones ya aparece directamente indicado el número de cuenta para realizar el traspaso de dinero.

Aunque esto puede parecer un acto de entrega "inocente" lo cierto es que, a efectos tributarios, los regalos de dinero tributan como una donación y se regulan por la Ley 29/1987 que considera "adquisiciones de bienes y derechos por donación cualquier otro negocio jurídico a título gratuito entre intervivos" y que pueden sufrir sanciones si exceden cierta cantidad sin declarar.

Según la Agencia Tributaria, el limite actual de las transferencias entre amigos o familiares para regalos de boda, comuniones o bautizos no podría superar los 6.000€, estando los bancos obligados a avisar a Hacienda si se supera esta cantidad según la Ley de Blanqueo de Capitales.