Finanzas personales

Aviso del SEPE: si cambia tu situación familiar, también lo hará tu prestación de desempleo

Es necesario comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal cualquier cambio en la situación personal y familiar

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Agencia Atlas / Foto: SEPE

Cuando se está cobrando una prestación por desempleo, es necesario que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) esté al corriente de nuestra situación personal y familiar. De hecho, si por alguna circunstancia ésta se modificase, es absolutamente prioritario comunicar los cambios.

Una modificación en la unidad familiar, por ejemplo por un incremento del número de hijos a cargo, puede significar un aumento en la prestación recibida, por lo que no hacer esta comunicación no solo implica que no estemos siguiendo la normativa, sino que perjudica al usuario a nivel económico.

Ejemplo

Las personas que cobran un paro de 560 euros podría aumentar esta cifra hasta los 749 euros si tuvieran un hijo a cargo. Una situación similar se produce en quienes cobran, por ejemplo, un subsidio por desempleo para mayores de 45 años, que asciende a 480 euros. En este caso, no tanto por el aumento de la cuantía, sino del periodo en el que recibiría el subsidio, que pasaría de seis meses a 30.

Una persona se para delante de una oficia de empleo.

Una persona se para delante de una oficia de empleo. / E. D.

¿Qué comunicar?

Algunas veces puede surgir la duda sobre qué situaciones hay que comunicar al SEPE cuando se está percibiendo el paro o un subsidio de desempleo. En este caso, el propio organismo ha publicado en su página web todas aquellas circunstancias que hay que avisar si supone una modificación de la situación en la que fue aprobada la solicitud. Éstas son:

Servicio Público de Empleo Estatal.

Servicio Público de Empleo Estatal. / SEPE

  • Colocación (a tiempo completo o parcial)
  • Ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo
  • Cambio de la situación de las personas que componen su unidad familiar, si puede afectar al requisito de responsabilidades familiares: colocación o pérdida del trabajo, separación matrimonial, nacimiento o fallecimiento, etc.
  • Variación del número de hijos a su cargo que se hayan tenido en cuenta para la cuantía de la prestación por desempleo
  • Variación de su situación personal cuando esté percibiendo un subsidio por desempleo (matrimonio, viudedad, separación, etc.)
  • Incapacidad temporal, maternidad o paternidad.
  • Incapacidad permanente u otra pensión de la Seguridad Social que pueda ser incompatible con las prestaciones
  • Cambio de domicilio, traslado de población, salida al extranjero o salida del ámbito de protección del subsidio agrario