La Agencia Tributaria explica cómo los trabajadores autónomos deben declarar los pagos por Bizum en la Renta del 2022
Sigue estas recomendaciones para evitar multas

Bizum. / E. D.
La Agencia Tributaria ha aclarado que los autónomos deben declarar todos los rendimientos de su actividad económica, independientemente del medio utilizado para recibir el pago, incluyendo los recibidos a través de Bizum. Esta herramienta de pago se ha vuelto popular durante la pandemia debido a su flexibilidad, permitiendo transferencias instantáneas entre usuarios sin necesidad de compartir información bancaria.
Bizum permite realizar pagos desde 0,50 céntimos hasta un máximo de 1.000 euros, y cada usuario puede realizar hasta 60 envíos de dinero al mes. No hay límite en cuanto al número de transferencias que se pueden recibir, pero las cantidades totales que se pueden recibir mensualmente no deben superar los 5.000 euros ni los 30 destinatarios.
Es importante tener en cuenta que, a efectos fiscales, los pagos recibidos a través de Bizum deben considerarse de la misma forma que cualquier otro medio de pago electrónico similar. Los autónomos deben incluir estos rendimientos en su Declaración de la Renta de 2022, cumpliendo con todas las obligaciones fiscales correspondientes. De esta manera, podrán evitar multas y problemas con la Agencia Tributaria.
Declarar todos los ingresos
Todos los ingresos obtenidos a través de ventas realizadas deben ser declarados y agregados a las declaraciones del IVA trimestral -IGIC en el caso de Canarias-, y del Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (IRPF).
Recientemente, Hacienda ha intensificado sus esfuerzos para detectar operaciones no declaradas y está prestando especial atención a los movimientos bancarios asociados. Si se descubren operaciones no declaradas, se considerarán como una infracción tributaria y se impondrá una multa al infractor que incluirá la cantidad no declarada en el momento más un porcentaje adicional.
A pesar de los rumores en sentido contrario, es importante destacar que no hay un mínimo exento que permita no declarar los ingresos obtenidos mediante el pago por Bizum u otros métodos de pago. En realidad, la forma en que se deben declarar los ingresos depende de si se trata de un servicio o bien empresarial, que constituiría un rendimiento de la actividad económica, o si se trata de un alquiler, que se consideraría un rendimiento de capital inmobiliario, según explican desde el diario Autónomos y Emprendedores.
Por lo tanto, todas las transacciones realizadas mediante este método de pago son consideradas como transferencias bancarias y, por lo tanto, están sujetas a la inspección de Hacienda.
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