Trabajo

Dos de cada tres empresas en España incumplen las normativas de igualdad

Las sanciones por carecer de un plan de igualdad oscilan desde los 751 euros hasta los 225.000 euros

Una mujer trabaja en una oficina.

Una mujer trabaja en una oficina.

Gabriel Ubieto

Dos de cada tres empresas en España incumplen las normativas de igualdad. Pese a que la ley explicita que toda compañía con 50 empleados o más en plantilla debe tener un plan de igualdad debidamente registrado ante la autoridad laboral, solo el 33% de dichas sociedades cumple formalmente con dicho requisito. El Ministerio de Trabajo tiene constancia de un total de 10.600 pliegos cursados y aceptados, según datos facilitados por dicho departamento a preguntas de El Periódico, del grupo Prensa Ibérica, frente a un universo de 31.646 compañías, según las estadísticas de sociedades inscritas en la Seguridad Social.

La ausencia de un plan de igualdad registrado impide a las autoridades verificar si esas dos de cada tres empresas tienen o no un protocolo contra el acoso sexual, si tienen o no una auditoría retributiva que cuantifique si existe o no una brecha salarial injustificada entre sus filas o si sus procesos de selección son discriminatorios o no, entre otros. Desde el 7 de marzo del 2022 toda sociedad con 50 o más trabajadores tiene la obligación formal de tener elaborado un plan de igualdad, que este esté negociado previamente con sus trabajadores y sellado por la autoridad laboral competente, es decir, o bien el propio Ministerio de Trabajo, o las autoridades autonómicas.

Carecer de dicho plan de igualdad es susceptible de sanciones por parte de la Inspección de Trabajo. Estas oscilan entre los 751 euros y los 7.500 euros, aunque pueden elevarse hasta los 225.000 euros si la ausencia del mismo obedeciera a la voluntad explícita por parte de la corporación de ocultar discriminaciones por razón de sexo. Por ejemplo, el 8 de marzo del 2022 el Departamento de Trabajo de Cataluña hizo pública una propuesta de sanción de 91.000 euros a Mutua Universal por carecer plan de igualdad, registro retributivo y no tener cuantificada una brecha salarial del 22,8%, en detrimento de sus trabajadoras.

Las estadísticas facilitadas por el departamento dirigido por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, retratan un fraude masivo entre las empresas españolas y confirman que el compromiso del tejido empresarial con sus obligaciones legales en materia de paridad no ha mejorado. Y es que la normativa, aprobada ya por la anterior ministra de Trabajo, la socialista Magdalena Valerio, se ha ido desplegando progresivamente hasta su máxima vigencia, el 7 de marzo del año pasado. Cuando solo las empresas de 100 trabajadores o más estaban obligadas a tener un plan de igualdad registrado, la ratio de incumplimiento de la normativa también era de 2/3. Hoy, un año después y ampliado el umbral hasta los 50 trabajadores, dicha proporción se mantiene.

Ofensiva de la Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo ha mantenido hasta ahora una actitud permisiva con las compañías, dejándoles margen para implantar la nueva normativa y limitándose a formular requerimientos de rectificación en vez de directamente entrar a sancionar. No obstante, ese periodo de adaptación ya ha concluido, a tenor de los últimos datos de actuaciones realizadas por la 'policía laboral'. Y es que el importe de las sanciones impuestas por los inspectores se multiplicó por ocho en el último año.

Según datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo a preguntas de El Periódico, en 2022 los agentes de la ‘policía laboral’ llevaron a cabo un total de 4.788 actuaciones en toda España en relación a cuestiones vinculadas con la paridad. De estas, una de cada cuatro empresas no pasaron la revisión de los inspectores y acabaron en acta con infracción. Por la suma de todas ellas, Trabajo impuso sanciones por valor total de 2,58 millones de euros, frente a los 324.771 euros del ejercicio 2021. 

Resistencias empresariales hasta al Supremo

Uno de los motivos que explican el incumplimiento masivo de las normativas de igualdad es la resistencia empresarial a cumplir con la normativa desde el inicio. Y es que uno de los requisitos indispensables de estos pliegos es que deben estar previamente negociados con la representación legal de los trabajadores. Y en un país mayoritariamente poblado por pymes, una gran proporción de compañías carecen de presencia sindical o comité de empresa legalmente constituido.

Ante tal situación, la ley establece que deberá ser una comisión enviada desde los sindicatos mayoritarios la que se encargue de negociar el plan. Algo que fue leído por la gran patronal CEOE como una intromisión en la vida interna de las compañías y una excusa para que CCOO y UGT pusieran el pie en centros de trabajo no organizados previamente. Hasta el punto de que esta cuestión provocó que la patronal no avalara la norma cuando el Gobierno la negoció en el diálogo social. Y, una vez aprobada, la CEOE llegó incluso a presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, que finalmente no prosperó.

Suscríbete para seguir leyendo