Reforma fiscal

Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros quedarán libres de facturar y declarar el IVA

Hacienda y organizaciones de autónomos estudian un cambio fiscal que afectará a más de un millón de contribuyentes y que incluye acabar con el régimen de módulos del IRPF

Una mujer emprendedora, en su propio negocio de restauración.

Una mujer emprendedora, en su propio negocio de restauración. / Ferran Nadeu

Rosa María Sánchez

Los autónomos que facturen hasta 85.000 euros al año podrán elegir acogerse al próximo régimen de franquicia del IVA que eximirá de la obligación de incluir el IVA en las facturas emitidas y de presentar las correspondientes declaraciones trimestrales del impuesto, si el Gobierno adopta la propuesta consensuada en un grupo de trabajo que reúne a representantes del propio Ministerio de Hacienda y de las organizaciones de autónomos y que está trabajando en el seno del Instituto de Estudios Fiscales (IEF). Esta es una de las medidas sobre la que ya existe consenso entre los representantes de la Dirección General de Tributos, de la Agencia Tributaria y de las organizaciones CEOE, Cepyme, CCOO, ATA, UATAE y UPTA que participan en el citado grupo de trabajo creado a finales de agosto en el seno del IEF, según han avanzado a EL PERIÓDICO, del grupo Prensa Ibérica, fuentes de este grupo. La decisión última, en todo caso, la tendrá el Gobierno.

En las organizaciones de autónomos se calcula que más de un millón de trabajadores por cuenta propia facturan por debajo del umbral de 85.000 euros, aunque el nuevo régimen opcional del IVA franquiciado podría no ser interesante para todos ellos; dependiendo del tipo de negocio puede resultar más ventajoso facturar con IVA y declarar el impuesto. La reforma nace de una directiva comunitaria que debe entrar en vigor en 2025, aunque adoptar el régimen de franquicia del IVA es potestativo para cada Estado miembro. El citado grupo de trabajo está debatiendo cómo y a quién aplicar el nuevo régimen en España y existe consenso en adoptar los límites máximos que marca la directiva.

Régimen de módulos

El citado grupo de trabajo se constituyó con el objetivo de realizar en el plazo de seis meses una propuesta de modificaciones normativas con su correspondiente calendario sobre el régimen tributario de los autónomos y las pymes. Las principales conclusiones de este informe de recomendaciones, en cuya redacción está involucrada la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, incluye también la definitiva eliminación del actual régimen de estimación objetiva del IRPF (régimen de módulos), de forma transitoria y gradual a lo largo de un periodo de tres años. En este régimen aún tributan unos 355.000 contribuyentes con actividades en sectores como la hostelería, comercio, hostelería, taxis, academias, tintorerías, peluquerías y otros negocios cuyos rendimientos íntegros no superen los 250.000 euros al año. En principio, la opción del régimen de módulos no se suprimiría para las actividades agrícolas y ganaderas.

Para acometer este reforma existe el antecedente de la hacienda foral de Navarra, donde se suprimió el régimen de estimación objetiva del IRPF con efectos desde 2021 y se puso en marcha un sistema de estimación directa especial para autónomos con una cifra de negocios inferior a 150.000 euros (300.000 en el caso de actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras).

En 2024 o en 2025

El grupo de trabajo mixto Hacienda-organizaciones de autónomos prevé emitir su informe de recomendaciones en abril (en el momento de su constitución se dieron un plazo de seis meses). Algunos representantes del grupo consideran que los trabajos permitirían impulsar el cambio legislativo a partir de abril con el fin de poder aplicar ya en enero de 2024 el nuevo régimen de franquicia del IVA -que eximiría del impuesto a empresarios personas físicas con una facturación hasta 85.000 euros ó 100.000 euros si se incluyen operaciones intracomunitarias). El Ministerio de Hacienda, sin embargo, prefiere no hablar de plazos cercanos y recuerda que la directiva comunitaria que incluye este régimen del IVA -que ya existe en todos los países de la UE, salvo España- no entra en vigor hasta 2025. Además, el Ministerio de Hacienda recuerda que las conclusiones que incorpore el informe son solo recomendaciones, y no obligan al Gobierno.

Lo cierto es que la directora general de Gestión Tributaria de la AEAT, Rosa Prieto, se refirió este martes a que existe "unanimidad" en el seno del citado grupo del Instituto de Estudios Económicos a favor de implantar el régimen de franquicia del IVA. Durante su intervención en una mesa sobre fiscalidad dentro del IV Foro Emprendedores y Autónomos organizado por ATA, Prieto explicó que Hacienda está estudiando con las organizaciones de autónomos aplicar este régimen por el que los pequeños negocios podrían quedar liberados de declarar el IVA. Desde su punto de vista, este sistema y la asistencia de la AEAT "permitirían facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los autónomos y que no tuvieran miedo a dar ese salto a la estimación directa" que supondría la eliminación del régimen de módulos en el IRPF.

¿A quién beneficia?

Prieto no hizo referencia a que el régimen podría aplicarse a autónomos con ingresos hasta 85.000 euros: "las características se podrán decidir", se limitó a afirmar. Fue la vicepresidenta de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Celia Ferrero, quien hizo referencia al umbral de facturación de 85.000 euros (100.000 euros si existen operaciones intracomunitarias) que figura en un documento resumen al que después ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

"Lo más importante es la disminución de obligaciones formales que se produciría en un régimen como el IVA franquiciado", coincidieron en señalar tanto Celia Ferrero, como Rosa Prieto y las otras personas que participaron en esa mesa de debate: la consejera de Hacienda de Navarra, Elma Saiz; el vicesecretario de Economía del PP, Juan Bravo, y el catedrático y abogado Javier Martín, de F&J Martín Abogados.

En un régimen de IVA franquiciado, los autónomos dejarían de tener que presentar las declaraciones trimestrales del impuesto, si bien sí quedarían sujetos a una exhaustiva declaración informativa anual sobre todas sus operaciones.

"¿Tiene ventajas? Todo depende del tipo de actividad?", explicó el catedrático Javier Martín. "Si en el ejercicio de la misma, las cuotas de IVA soportado no son relevantes, sin duda interesa. En caso contrario, es conveniente aplicar el régimen general. Habrá que ver caso a caso, pero, para una gran mayoría de autónomos, será un régimen beneficioso", concluyó.

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