Régimen Económico y Fiscal

El Constitucional rechaza el recurso de Canarias contra el cambio del REF en los incentivos fiscales al cine

Un acuerdo político restableció el 80% de deducción del Impuesto de Sociedades en las Islas. El TC establece que el diferencial fiscal no supone establecer una cantidad mínima

Pleno del Parlamento de Canarias

Pleno del Parlamento de Canarias / LP/DLP

R. A. D.

El Tribunal Constitucional rechaza que el Gobierno central haya vulnerado el Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias en los incentivos fiscales a las producciones cinematográficas. En su momento el Parlamento de Canarias entendió de forma unánime que las Cortes Generales habían vulnerado el fuero de las Islas porque se habían incrementado las deducciones fiscales aplicables en la Península y la ventaja fiscal de las islas sobre el resto del país se había reducido de ese modo al 25%, cuando, bajo su criterio, el REF imponía respetar al menos un 80%.

En su disposición final tercera, el decreto ley recurrido, convalidado por las Cortes Generales, elevaba de 5,4 a 12,4 millones el límite de las deducciones en el impuesto de sociedades de las que podían beneficiarse los producciones cinematográficas españolas o extranjeras que se rodaran en Canarias. Aunque formalmente se elevaba la deducción, el Parlamento de Canarias entendió que las Cortes Generales habían vulnerado el REF al no respetar el diferencial fiscal.

La vicepresidenta primera del Parlamento, Esther González, mostró ayer su rechazo de plano a esta resolución del Constitucional, aunque no se ha hecho pública todavía la sentencia en su integridad para conocer los argumentos del ponente del fallo, el magistrado César Tolosa. A la luz de la nota informativa divulgada por el TC, González advierte que cuestionar las cuantías del diferencial fiscal que debe existir entre Canarias y la Península es «matar» el fuero isleño. «Si para el Tribunal Constitucional sirve cualquier diferencial fiscal el REF va a servir de poco y eso es muy grave», critica la parlamentaria de Nueva Canarias (NC).

Esther González (NC): «Si vale cualquier diferencial fiscal el REF sirve de poco»

Tampoco está de acuerdo la vicepresidenta de la Cámara con la afirmación del TC de que se cumplió con el trámite de informe previo del Parlamento antes de modificar la ley del REF. «Hubieron dos modificaciones en una ley, primero, y en un real decreto ley, después, y para éste último no se pidió informe al Parlamento, fue a la Consejería de Hacienda y este departamento fue el que nos comunicó la modificación», explica, por lo que muestra su disconformidad con lo que mantiene el TC en relación al Real Decreto-Ley 12/2021, que modificó el Régimen Económico y Fiscal de Canarias al actualizar el límite absoluto de la deducción por inversiones y gastos en producciones cinematográficas españolas y extranjeras de 5,4 a 12,4 millones de euros en el Impuesto de Sociedades.

El Parlamento de Canarias entendió de forma unánime que las Cortes Generales habían vulnerado con este decreto ley el fuero de las Islas porque se habían incrementado las deducciones fiscales aplicables en la Península y la ventaja fiscal de las islas sobre el resto del país se había reducido de ese modo al 25%, cuando, bajo su criterio, el REF imponía respetar al menos un 80%. Aunque formalmente se elevaba la deducción, el Parlamento de Canarias aprobó por unanimidad de todos los grupos que las Cortes Generales habían vulnerado el REF al no respetar el diferencial fiscal.

El Gobierno cree que los porcentajes hay que «pelearlos» con Madrid para evitar pleitos judiciales

Con posterioridad se alcanzó un acuerdo político entre el Ministerio de Hacienda y el Gobierno canario por el que se introdujo una enmienda en la ley de medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 de octubre de 2021, en la que se restableció el diferencial del 80% de deducción fiscal del Impuesto de Sociedades para las producciones realizadas en las Islas pero sin establecer cantidades concretas sino solo el porcentaje.

Garantías

En una sentencia de la que es ponente el magistrado César Tolosa, el Constitucional niega la razón al Parlamento canario y falla que se respetaron las garantías previstas en el Estatuto de Canarias pidiendo al Legislativo autonómico que se pronunciara sobre el decreto ley con carácter previo a su aprobación definitiva.

"La sentencia del pleno rechaza que se haya vulnerado el contenido esencial de dicho régimen económico, pues la preservación de una política fiscal diferenciada no incluye la existencia de un núcleo mínimo indisponible", adelanta el TC en un comunicado. El Constitucional entiende, además, que concurrían "las circunstancias que justificaban la legislación de urgencia, sin que el principio de seguridad jurídica se vea vulnerado al ser la norma clara y previsible en sus efectos".

Debilidad

En el Gobierno se ha recibido con cierta preocupación esta sentencia del Constitucional ya que se considera que puede «debilitar» en el futuro el fuero canario, si no hay una negociación política y se pleitea con el Estado por la vía judicial para resolver los contenciosos que surjan por la aplicación del REF y el diferencial fiscal.

En esta ocasión el Ejecutivo se agarra al argumento de que gracias al diálogo con la Administración del Estado se pudo solventar el enfrentamiento por las deducciones fiscales al cine y así lo hizo constar ayer el portavoz del Gobierno regional, Julio Pérez. 

El Constitucional mantiene que se cumplió con el informe solicitado al Parlamento

El consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad recordó que no es la primera vez que el Tribunal Constitucional falla sobre el diferencial fiscal y argumenta que el porcentaje que se establezca de deducción -en este caso del 80%- «no es un derecho inmutable» sino que puede variar, pero siempre manteniendo las ventajas fiscales que tiene reconocidas Canarias en las leyes. Por ello Pérez considera que esta sentencia refuerza la posición del Gobierno de negociar estos asuntos por la vía del diálogo y no de la confrontación, con el fin de evitar que sean los tribunales los que fallen porque «nos podríamos llevar un disgusto».

Para el portavoz del Gobierno la negociación de las cifras y los porcentajes «hay que pelearlo en Madrid por la vía política y evitar ir a los tribunales». Asimismo, en su opinión el TC refleja que mientras las leyes que modifiquen el REF tienen que contar con el informe previo del Parlamento, en el caso de los decretos leyes su urgencia hace necesario que este informe preceptivo pueda realizarse en el trámite de convalidación.

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