Fiscalidad

¿Cómo tributan en el IRPF las letras y los bonos?

Los rendimientos obtenidos se incluyen en la base del ahorro del ejercicio correspondiente como los intereses

Una imagen de la sede del Banco de España en Madrid.

Una imagen de la sede del Banco de España en Madrid. / EP

Agustí Sala

Las letras del Tesoro viven un auténtico 'boom' entre los inversores particulares, que persiguen sacar el máximo rendimiento a sus ahorros en un momento de subidas del precio del dinero pero sin que los bancos muevan ficha en la retribución de las cuentas y depósitos.

Tanto las letras, con plazos de un máximo de 18 meses; como los bonos (entre dos y cinco años) y las obligaciones (10 y más años) han de tributar en el impuesto de la renta (IRPF). O sea, que no todo el rendimiento, que en el caso de los títulos a seis meses y un año ha superado por primera vez el 3% para esos plazos por primera vez desde 2012, va a para al bolsillo del inversor.

1. La rentabilidad

La subida del precio oficial del dinero, situado en el 3% y con perspectivas de otra alza de medio punto en la reunión del consejo de gobierno del Banco Central Europeo (BCE) del próximo día 16, ha hecho de las letras del Tesoro uno de los activos más atractivos para invertir. Tras unos años de rendimientos negativos (de 2016 a 2022), en la actualidad superan el 3% de rendimiento al menos a seis meses y un año. Todo ello ha provocado un alud de peticiones que se concretó hace unas semanas con las largas colas en el Banco de España que obligaron a la entidad, que carece una red de oficinas como la banca, a poner en marcha un sistema de cita previa y fomentar el uso de la web. 

2. La tributación

Los expertos fiscales, como los de la asesoría tributaria TaxDown, avisan de que estos activos con un rendimiento tan llamativo no están libres de cargas fiscales. Tanto las letras como los bonos del Estado y las obligaciones son rendimientos del capital mobiliario y, como tales, tributan en la base imponible del ahorro que va del 19% para los primeros 6.000 euros, el 21% entre 6.000 y 50.000 euros, el 23% entre 50.000 y 200.000 euros, el 27% entre 200.000 y 300.000 y el 28% para todas las rentas que excedan esta última cuantía. De hecho, esta es una de las grandes novedades fiscales de este año, ya que en 2022 el tramo más alto tenía un tipo del 26%, es decir, ha subido dos puntos.

3. El gravamen

La parte que se tributa es solo aquella que proviene del beneficio que se obtenga. En el caso de las letras, que se emiten al descuento o con rendimiento implícito (se emite por debajo de su valor nominal y al vencimiento se percibe el valor nominal íntegro) tributa la diferencia entre el importe obtenido en la venta o amortización de la letra y el pagado en su compra ; y en el de los bonos y obligaciones, al amortizarlos. Y siempre en el ejercicio en el que se realicen estas operaciones. Para incluir en la renta de 2022, cuyo plazo de presentación empieza el próximo 11 de abril, la operación debería haberse producido el año pasado. Si son durante este 2023 no habrá que contabilizarlo en la declaración del renta hasta la que se presente. Los rendimientos de las letras no están sujetos a retención en el IRPF, mientras que los cupones (intereses) de los bonos y las obligaciones, sí, al 19%. No, en cambio la amortización o venta de esta deuda pública a medio o largo plazo. Dentro de la declaración de la renta, los rendimientos de las letras del Tesoro se deben incluir en la casilla número 30. En las siguientes casillas se deberán incluir los cupones (intereses) de los bonos del Tesoro y obligaciones del Estado, así como la amortización o la venta.

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