Lucha contra el fraude

España mantiene a Panamá y Bahamas fuera de su nueva lista de paraísos fiscales

El borrador de orden ministerial de Hacienda además saca a Liechtenstein y a Luxemburgo del nuevo listado de 24 territorios opacos al fisco

Imagen de una playa en Southampton (Bermudas).

Imagen de una playa en Southampton (Bermudas). / EFE

Rosa María Sánchez

El Ministerio de Hacienda prevé reducir a 24 el número de territorios incorporados dentro de la nueva lista de paraísos fiscales que regirá a partir de 2023. El nuevo listado mantiene fuera de la consideración de paraíso fiscal a Panamá y las Bahamas, dos territorios que ya se cayeron del catálogo español en 2011 y que, sin embargo, sí forman parte de la lista negra de la Unión Europea, actualizada en octubre pasado. A partir de ahora, también quedará fuera de la lista española de paraísos fiscales la jurisdicción de Liechtenstein así como el régimen de sociedades de Luxemburgo.

La vieja lista de 48 paraísos

Hacienda ha redactado un borrador de orden ministerial por el que actualiza y pone al día el listado de paraísos fiscales que data de 1991. El borrador estará sometido a información pública entre este viernes 13 de enero y el día 23, antes de su definitiva aprobación. En su origen, el listado de 1991 incluía un total de 48 paraísos fiscales. Progresivamente se han ido 'cayendo' de esta consideración un total de 15 territorios, a medida que la administración tributaria española iba suscribiendo convenios de intercambio de información con cada uno de ellos. De esta manera, desaparecieron de esta lista negra española tanto Panamá, como las Bahamas (en 2011), así como otros territorios tales como Andorra (2011), Hong Kong (2012), Malta (2006), Singapur (2012) u otras jurisdicciones como el Sultanato de Omán (2015) o los Emiratos Árabes Unidos (2007).

La ausencia de Panamá de la lista española de paraísos fiscales resultó especialmente polémica con ocasión de la investigación periodística de los llamados 'Papeles de Panamá', en 2016. En aquel dosier internacional aparecían citadas al menos 1.200 sociedades, 558 accionistas, 166 clientes intermediarios y 89 beneficiarios con dirección postal en España. La posterior investigación periodística sobre los 'Papeles de Pandora' volvió a destapar, en 2021, otro entramado mundial de sociedades opacas en Panamá, Bahamas y otros paraísos fiscales en el que, de nuevo, aparecieron citados un buen número de personalidades españolas.

Nuevas incorporaciones y listado final

Tras quedar descolgados 15 territorios de la lista inicial de 48 paraísos fiscales por la vía de firma de acuerdos con la administración española, el listado quedó reducido a 33 jurisdicciones. Ahora el nuevo listado que Hacienda somete a información pública incluye 24 territorios (nueve menos).

En concreto, el nuevo listado incorpora ahora nuevos territorios, que no estaban en el viejo catálogo pero que sí forman parte de la lista negra de la UE -Guam, Palaos, Samoa y Samoa Americana- y recupera otros dos que había sido redimidos en años anteriores (Trinidad y Tobago y las islas Barbados). También integran el listado de paraísos fiscales sometido a información pública otros territorios que también figuran en la lista negra de la UE: AnguilaFiji, Islas Turca y Caicos, Islas Vírgenes de EEUU y Vanuatu. En total, el listado europeo apenas consta de una docena de territorios, la mitad que los que quedarán incorporados en la nueva lista española.

Si bien el listado español no incluye a Panamá o las Bahamas (que sí están en el europeo) sí incorpora otros nombres que no figuran en el de la UE: BahréinBermudaDominicaGibraltarGuernseyIsla de ManIslas CaimánIslas MalvinasIslas MarianasIslas SalomónIslas Vírgenes BritánicasJersey y las Seychelles. Veinticuatro, en total en el listado español.

Quince territorios que se caen de la lista

Al mismo tiempo, ya no serán considerados paraíso fiscal a efectos de la legislación española jurisdicciones que sí figuraban en el viejo listado, como Liechtenstein o Luxemburgo (en lo que respecta a las rentas percibidas por determinadas sociedades de tenencia de activos). También salen de la lista negra española los territorios de Brunei, Antigua y Barbuda, Islas Cook, Granada, Mauricio, Montserrat, República de Naurú, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Líbano, Liberia y Macao.

Orden ministerial

En realidad, en el borrador de orden ministerial preparado por Hacienda desaparece el término de "paraíso fiscal" que sí figuraba en el viejo real decreto de 1991 y que ahora se sustituye por el de "jurisdicciones no cooperativas". Se explica que, de este modo, con la finalidad de hacer más eficiente la lucha contra el fraude fiscal, "se amplía el concepto de paraíso fiscal, atendiendo a criterios no solo de transparencia, sino también de equidad fiscal, identificando aquellos países y territorios caracterizados por facilitar la existencia de sociedades extraterritoriales dirigidas a la atracción de beneficios sin actividad económica real o por la existencia de baja o nula tributación o bien por su opacidad y falta de transparencia, por la inexistencia con dicho país de normativa de asistencia mutua en materia de intercambio de información tributaria aplicable, por la ausencia de un efectivo intercambio de información tributaria con España o por los resultados de las evaluaciones realizadas por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales sobre la efectividad de los intercambios de información con dichos países y territorios".

De acuerdo a esta definición amplia, el nuevo listado original de 24 territorios, se irá revisando de forma periódica, a la vista de las actualizaciones internacionales y de los "avances nacionales".

Medidas anti-paraíso

La legislación fiscal española incluye medidas contra el uso de paraísos fiscales. Así, existe un impuesto especial para quienes invierten en estos territorios, de ahí la relevancia de estar o no en esa lista. Además, se exige que todas las empresas declaren sus inversiones en estas jurisdicciones. También se establece que las sociedades ubicadas en territorios de escasa o nula tributación declaren según la normativa española del impuesto de sociedades, siempre que sus activos o derechos estén en territorio español. Además, existe la obligación de declarar bienes en el extranjero a través del modelo 720 de la Agencia Tributaria.

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